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    El Congreso da inicio hoy al proceso de reforma del CGPJ y la Fiscalía acordado por PP y PSOE

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    El Pleno tomará en consideración la ley y prevé aprobarla en día 23 para que el Senado dé luz verde definitiva al día siguiente

    MADRID, 4 (EUROPA PRESS)

    El Pleno del Congreso dará este jueves el primer paso para tramitar la propuesta de ley que reformará la Ley del Poder Judicial (LOPJ) y el Estatuto del Ministerio Fiscal con el fin de evitar las denominadas ‘puertas giratorias’ en la Justicia, reforzar las mayorías al aprobar nombramientos judiciales y emplazar al nuevo Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a realizar propuestas sobre posibles cambios en el sistema de elección de vocales.

    Esta reforma legislativa, que forma parte del pacto del PP y del PSOE para renovar el CGPJ tras más de cinco años de bloqueo, se tramitará por el procedimiento de urgencia para aprobarla en tres sesiones plenarias en el Congreso y una en el Senado. De hecho, la proposición de ley fue calificada este martes por la Mesa del Congreso, el mismo día se publicó en el Boletín de las Cortes, el Gobierno sólo tardó poco más de una hora en comunicar su conformidad para ser debatida, y va a pasar su primer examen en el Pleno a las 48 horas.

    Una vez que la ley sea tomada en consideración, los grupos parlamentarios tendrás hasta el próximo martes, 9 de julio, para presentar enmiendas, que en el caso de las de totalidad exigirán la presentación de un texto alternativo ya que no bastará con pedir la devolución.

    El día 11 se preveé celebrar el debate de totalidad, a la semana siguiente el texto se debatirá en la Comisión de Justicia y el día 23 se procederá a su aprobación en el Pleno del Congreso para su remisión al Senado, que podría dar luz verde definitiva al día siguiente, según informaron a Europa Press fuentes de la Cámara Alta.

    La suma de PP y PSOE, por encima de los dos tercios de las cámaras, les asegura superar todas las votaciones en las distintas fases del procedimiento parlamentario. Además, tienen comprometido que no se aceptará ninguna enmienda que no lleve la firma de los dos grandes partidos.

    OBJETIVAR NOMBRAMIENTOS

    La proposición de ley, recogida por Europa Press, consta de dos artículos, una disposición adicional, una transitoria y una final. El artículo uno tiene trece apartados que, entre otras cuestiones, afectan a los requisitos para el nombramiento de magistrados en las Salas del Tribunal Supremo y a los servicios especiales y las excedencias voluntarias de jueces y magistrados.

    Con idea de objetivar los nombramientos, la reforma incrementará de 15 a 20 años el tiempo que deben haber cumplido los miembros de la carrera judicial para poder ser nombrados magistrados del Supremo.

    Además, establecerá una mayoría de tres quintos de los vocales del CGPJ para nombrar presidentes de las Audiencias Provinciales y al magistrado del Tribunal Supremo competente para conocer de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), así como su sustituto.

    También prevé la creación de una Comisión de Calificación en el CGPJ, que estaría integrada por cinco vocales y que deberá informar sobre todos los nombramientos que sean competencia del Pleno, con el fin de garantizar una valoración objetiva de las candidaturas presentadas. La ley contempla que el Pleno pueda crear “otras comisiones”, pero igualmente por mayoría de tres quintos.

    RESTRINGIR PUERTAS GIRATORIAS

    Además, la reforma plantea una serie de cuestiones para evitar las denominadas ‘puertas giratorias’. Así, los jueces que se presenten como candidatos al Parlamento Europeo, Congreso, Senado, Asambleas legislativas autonómicas o una Alcaldía, y los que hayan sido elegidos para estos puestos u ocupen un cargo público con rango superior a director general, serán declarados en situación de excedencia voluntaria y desde ahí “no podrán reingresar al servicio activo hasta dos años después del cese en el cargo que motivó la excedencia voluntaria”.

    En cuanto a los jueces que sean nombrados para un cargo político de confianza con rango de director general o inferior deberán ser declarados en la situación de “servicios especiales”.

    Respecto del CGPJ, se introduce un “régimen de incompatibilidades” para poder ser designado como vocal por el cupo de juristas de reconocida competencia. Así, “no podrán ser elegidos quienes, en los cinco años anteriores, bien hayan sido titulares de un Ministerio o de una Secretaría de Estado o de una Consejería de un gobierno autonómico o de una Alcaldía, o bien hayan ocupado cargos públicos representativos en el Parlamento Europeo, el Congreso, el Senado o las Asambleas legislativas autonómicas.

    Además, los candidatos a esas ocho plazas de juristas habrán de comparecer previamente ante la comisión de nombramientos de la Cámara correspondiente y presentar una memoria de méritos y objetivos.

    INCOMPATIBILIDADES PARA EL FISCAL GENERAL

    El artículo dos de la proposición de ley se centra en modificar el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y, además de los requisitos profesionales que ya existen para ocupar el puesto de fiscal general, establece un nuevo régimen de incompatibilidades para acceder al cargo.

    En este sentido, “no podrá ser propuesto quien, en los cinco años anteriores, bien haya sido nombrado titular de un Ministerio o de una Secretaría de Estado o de una Consejería de un gobierno autonómico o de una Alcaldía o haya tenido la condición de eurodiputado, diputado o senador, o miembro de una asamblea legislativa de una comunidad autónoma”.

    La nueva redacción determina que el fiscal general del Estado “deberá abstenerse de intervenir en los pleitos o causas cuando les afecten algunas de las causas de abstención establecidas para los jueces y magistrados en la Ley del Poder Judicial (LOPJ)”.

    Asimismo, las partes intervinientes en los referidos pleitos o causas podrán acudir al superior jerárquico del fiscal de que se trate interesando que, en los referidos supuestos, se ordene su no intervención en el proceso. Cuando se trate del propio fiscal general del Estado, las partes intervinientes podrán dirigirse al teniente fiscal del Tribunal Supremo y la decisión la tomará la Junta de Fiscales de Sala.

    Y EN SEIS MESES, PROPUESTAS PARA REFORMAR EL CGPJ

    Por último, la reforma incluye una disposición adicional ordenando al nuevo Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que se prevé nombrar este mes julio, que en el plazo de seis meses redacte un informe analizando los distintos sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al español e incluyendo una propuesta de reforma del sistema de elección de los vocales del cupo de jueces y magistrados.

    Las sugerencias del CGPJ, con las que el PP espera cambiar el actual sistema de elección y que el PSOE no acepta que las Cortes Generales queden al margen, habrán de ser aprobadas “por una mayoría de tres quintos de sus vocales” y deberán estar acordes “con los mejores estándares europeos” con idea de que pudiera “ser evaluada positivamente” por la Comisión Europea.

    Esa propuesta del CGPJ se trasladará después al Gobierno y a las Cortes para que, basándose en ella, se presente una reforma legislativa para su debate, y en su caso, tramitación y aprobación. Eso sí, su aprobación o no dependerá del Congreso y del Senado, donde se requiere al menos un respaldo de la mayoría absoluta dado su rango orgánico.


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