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La Audiencia de Bizkaia confirma la compensación a dos individuos en listas de deudores a pesar de haber pagado su deuda

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BILBAO, 4 (EUROPA PRESS)

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha ratificado la resolución de un juzgado de Bilbao que condenó al Banco Santander y a Intrum Holding Spain SAU a indemnizar con 12.000 euros a dos personas por incluirlas en varios ficheros de morosos cuando ya habían saldado su deuda.

Según han informado desde el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), la Audiencia de Bizkaia considera, al igual que el Juzgado de Primera Instancia 11 de Bilbao, que la entidad bancaria y la compañía de gestión de deuda cometieron “una intromisión ilegítima en el honor de esas dos personas” y rechaza el recurso interpuesto por el Banco Santander.

El juzgado de primera instancia condenó el 22 de enero de 2023 al Banco Santander y a Intrum Holding Spain SAU a indemnizar a cada uno de los afectados con 5.000 euros y 1.000 euros, respectivamente, con intereses.

Según los hechos declarados probados entonces, los afectados intervinieron como avalistas junto a otras personas en un préstamo hipotecario que le fue concedido a una promotora por el Banco Santander en 2009. El 10 de octubre de 2012 llegaron a un acuerdo con la entidad por el que mediante el pago de una determinada cantidad el Santander cancelaba “total y completamente” la hipoteca.

Sin embargo, el 7 de febrero de 2014 los afectados recibieron una comunicación de la entidad bancaria demandando el pago de una determinada cuantía de deuda con la advertencia de que, de no llevarse a cabo, procedería a ceder los datos a los ficheros de control de morosidad.


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