BILBAO, 1 (EUROPA PRESS)
Una segunda sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha rebajado dos años la condena total de prisión que había impuesto a un hombre por dos delitos de agresión sexual en aplicación de la Ley de ‘sólo sí es sí’, de forma que la pena a cumplir será de cuatro años en lugar de seis.
La resolución se ha hecho pública este jueves, después de que ayer se conociera la primera sentencia en base a la revisión del primero de los casos planteados ante el órgano judicial vizcaíno, por el que redujo en un año y medio la condena de otro agresor sexual: de cuatro años y medio a tres.
En esta segunda revisión de una sentencia condenatoria, tras la petición del abogado del condenado en base a la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, la Audiencia vizcaína ha decidido rebajar a cuatro la pena total de seis años que estableció el 20 de mayo de 2021 por dos delitos de agresión sexual –con la aplicación de la atenuante muy cualificada de toxicomanía– a cuatro. De esta forma, se reduce uno por cada delito (de tres a dos).
(Habrá ampliación)
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