PAMPLONA, 16 (EUROPA PRESS)
El Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, financiará con 30.000 euros la ejecución e implantación de proyectos de responsabilidad social en empresas y entidades de economía social de Navarra en 2023.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las empresas y entidades de economía social como cooperativas y microcooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción, fundaciones y centros especiales de empleo.
También podrán optar a esta subvención las entidades y organizaciones de economía social, alternativa y solidaria, que formen parte de la Red de Economía Alternativa y Solidaria REAS Navarra; y las integradas en la Confederación Empresarial de Economía Social de Navarra (CEPES Navarra).
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 11 junio. Se deben presentar de manera telemática a través de la ficha que aparece en el Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra.
HASTA 5.000 EUROS POR PROYECTO Y EMPRESA
El importe de la subvención será de un máximo de 5.000 euros por proyecto y empresa o entidad de economía social. Únicamente será subvencionable un proyecto por entidad o empresa. Se subvencionarán los proyectos en materia de responsabilidad social cuyas acciones se ejecuten entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2023.
Para ser objeto de subvención, los proyectos en materia de responsabilidad social deberán orientarse a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, mediante su integración en la estrategia de gestión de la empresa o entidad.
Estos son: salud y bienestar; igualdad de género; energía asequible y no contaminante; trabajo decente y crecimiento económico; y alianzas para lograr objetivos.
Asimismo, las acciones dedicadas solo a la sensibilización o asesoramiento deberán incluir una experiencia que refleje la puesta en práctica de los contenidos aprendidos con indicadores de impacto y resultado.
Serán subvencionables los gastos que se facturen entre el 1 de enero y 30 de noviembre de 2023. Se incluyen aquí gastos de personal, de desplazamientos y gastos de difusión de contenidos relacionados con las acciones del proyecto presentado.
No se destinarán ayudas para sufragar gastos dedicados a la publicidad de las entidades cuando dicha publicidad no esté relacionada con el contenido del proyecto presentado, gastos de alquiler de locales y de suministros (agua, luz, gas, entre otros) y el importe del IVA de las facturas que se presenten para justificar los gastos.
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