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La Audiencia de Navarra confirma el cierre del ‘caso Davalor’ al rechazar los recursos de la Fiscalía, UPN y PP

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PAMPLONA, 5 (EUROPA PRESS)

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha ratificado el archivo del denominado ‘caso Davalor’, desestimando los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y las acusaciones populares ejercidas por UPN y PP.

En concreto, la juez de instrucción decidió en diciembre de 2023 archivar el ‘caso Davalor’ porque transcurrió el plazo de 12 meses previsto en la ley de Enjuiciamiento Criminal para solicitar la prórroga de la investigación judicial.

Cabe recordar que en el marco de este caso fue investigado Manu Ayerdi (PNV), quien fuera consejero de Desarrollo Económico del Gobierno de Navarra, por la concesión de 2,6 millones de euros a la empresa Davalor a través de la sociedad pública Sodena. Ayerdi dimitió por esta investigación en enero de 2021.

La Audiencia de Navarra ratifica la decisión del Juzgado de Instrucción de archivar el caso y señala en un auto desestimatorio de los recursos que “la exclusiva razón que determina la declaración del fin de la instrucción y por ende la declaración de conclusión del sumario radica en la terminación del plazo de investigación, sin haberse acordado temporáneamente las prórrogas correspondientes”. “Ciertamente, a pesar de los minuciosos y esforzados argumentos impugnatorios aducidos por el Ministerio público y las respectivas acusaciones populares, la primera prórroga mediante auto datado el 18 de febrero de 2022 era de carácter extemporáneo, pues se acordó finalizado el plazo anual iniciado el 21 de enero de 2021”, apunta.

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El auto de la Audiencia de Navarra añade que, “ciertamente, las únicas diligencias de investigación, acordadas con posterioridad a tal fecha, fueron las dispuestas en la providencia de 28 de abril de 2023”, entre ellas la declaración en calidad de investigados del querellado y de otras personas. “Por ello, habida cuenta de la insusceptibilidad de estimación de los argumentos en que se fundan los recursos de apelación frente a los autos impugnados, centrados en diversa consideración sobre la determinación del ‘dies a quo’, para el inicio de cómputo anual, no merecen favorable acogida y conducen a la desestimación de los recursos examinados”, explica.

Sin perjuicio de ello, el auto añade que “cabe apreciar que nuclear diligencia de averiguación, acordada en tiempo oportuno, se concretó en el informe encomendado” a la Policía Judicial del Cuerpo Nacional de Policía. “Obviamente esta fundamental diligencia de averiguación, minuciosamente dispuesta y eficientemente controlada en cuanto su puesta en práctica por el magistrado juez instructor originario, fue acordada temporáneamente dentro de inicial plazo de instrucción. Exclusión hecha de las diligencias acordadas en la providencia de 28 de abril de 2023, ninguna otra se practicó en las cuatro sucesivas prórrogas”, recoge.

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Cabe recordar que el Tribunal Supremo acordó la incoación de las diligencias el 21 de enero de 2021 y el Juzgado de Instrucción nº 2 de Pamplona, que recibió la causa el 9 de marzo de ese año, dictó la prórroga de la investigación el 18 de febrero de 2022. Sin embargo, en diciembre de 2023, la juez archivó el ‘caso Davalor’ porque transcurrió más de un año hasta que se dictó la primera prórroga de la instrucción.

La magistrada, que estimó el recurso interpuesto por los investigados, consideró que el día en que comenzó a correr el plazo de los 12 meses previstos en la ley fue el 21 de enero, puesto que el procedimiento abierto por el Tribunal Supremo era el mismo que el que luego se siguió en Pamplona. Por ello, la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona decretó el fin de la investigación, si bien tanto el Ministerio Fiscal como UPN y PP interpusieron recursos de apelación.

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Ahora, la Audiencia de Navarra ha desestimado los recursos presentados a la decisión adoptada por el Juzgado de Instrucción en diciembre de 2023.


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