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El régimen de sustituciones en caso de ausencia, vacante o enfermedad ha sido aprobado por el Ayuntamiento de Pamplona

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PAMPLONA, 3 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Pamplona, por medio de un Decreto de Alcaldía, ha determinado el régimen de suplencias en la institución en caso de ausencia, vacante o enfermedad. Este régimen se aplicará también cuando se dé alguna de las causas de abstención previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o haya sido admitida su recusación en un procedimiento.

Las concejalías delegadas a la hora de adoptar resoluciones serán suplidas por las personas titulares de sus direcciones para adoptar sus resoluciones; en el caso de concejalías delegadas de las que dependa más de una Dirección de Área, la suplencia será indistinta por cualquiera de ellas. Para las funciones que no tengan rango de resolución, las direcciones serán suplidas por las secretarías técnicas asignadas a las correspondientes unidades orgánicas.

A su vez, las secretarías técnicas se suplirán entre sí o, en su caso, serán suplidas por el personal letrado o con licenciatura en Derecho de la Asesoría Jurídica (preferentemente por quienes tengan asignada la labor de asesoramiento específico al Área a la que esté atribuida la materia). Estos profesionales suplirán asimismo al secretario del Pleno, según el orden de designación dispuesto por la dirección de la Asesoría Jurídica.

En el caso de la Secretaría de la Junta de Gobierno Local, a la concejala secretaria le sustituirá por orden de designación algunas de las personas establecidas como suplentes. Si estas últimas también estuvieran ausentes, será suplente el concejal miembro de la Junta de Gobierno Local de menor edad presente que no ejerza, en su caso, la función de Presidencia. A su vez el titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local será suplido por el personal letrado o con licenciatura en Derecho de la Asesoría Jurídica según el orden de designación dispuesto por la dirección de la propia asesoría.

Entre las previsiones está también que al gerente le sustituirá la directora del Gabinete de Alcaldía y, a la directora de la Asesoría Jurídica le sustituirá el Gerente. Además, el director de Hacienda y Contratación Pública Responsable y el director de Recursos Humanos se suplirán entre sí; la directora del Gabinete de Alcaldía y el director de Comunicación Institucional y Transparencia se suplirán entre sí y el director de Promoción Económica, Proyección Europea, Innovación, Juventud y Cooperación al Desarrollo será suplido por el director de Hacienda y Contratación Pública Responsable.


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