Los lanzamientos de ejecuciones hipotecarias cayeron un 30,5% en el tercer trimestre y los derivados del impago del alquiler, un 37,6%
MURCIA, 2 (EUROPA PRESS)
El número total de concursos presentados en los órganos judiciales de la Región de Murcia durante el tercer trimestre de 2022 se duplicó con respecto a los registrados en el mismo periodo de 2021. Este incremento, que se ha producido en todos los tipos de concursos, coincide con el fin de la vigencia de la moratoria concursal el pasado 30 de junio, después de varias prórrogas desde marzo de 2020.
La moratoria concursal suspendió la obligación del deudor que se encontrase en situación de insolvencia de solicitar la declaración de concurso y supuso, además, que no se admitieran a trámite las solicitudes de concurso necesario presentadas durante su vigencia. No obstante, esta moratoria no impedía que el deudor que se encontrara en situación de insolvencia pudiera solicitar la declaración de concurso, han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
Según recoge el informe sobre los efectos de la crisis económica en los órganos judiciales elaborado por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial, el número total de concursos presentados entre julio y septiembre de 2022, contabilizando los registrados en los juzgados de lo Mercantil y los de personas naturales no empresarios, presentados hasta el 17 de agosto de 2022 en los juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción, ascendió a 177. Esta cifra ha supuesto un incremento interanual del 118,5%.
El número de concursos presentados por personas naturales no empresarios fue de 78, mientras que el de personas naturales empresarios se situó en 40. Finalmente, los concursos de personas jurídicas sumaron 51.
Con la reforma el pasado agosto de la Ley Orgánica 7/2022 los concursos de personas no empresarios, que se venían conociendo por los juzgados de primera instancia y primera instancia e instrucción han pasado a ser competencia de los juzgados de lo mercantil.
El número de concursos mercantiles declarados en el tercer trimestre de 2022 fue de 70, con un incremento del 204% respecto al mismo periodo del año anterior. A esta cifra se añaden los 18 concursos declarados y concluidos al amparo del artículo 470 de la Ley Concursal.
En el mismo trimestre llegaron a la fase de convenio un total de tres concursos, mientras que iniciaron la fase de liquidación 42, un 121,1% más que en el mismo trimestre de 2021. También se registró un expediente del artículo 169 del texto refundido de la Ley Concursal, relativo a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo (ERE).
DESPIDOS Y RECLAMACIONES DE CANTIDAD
En el tercer trimestre de 2022 se presentaron 880 demandas por despido, un 22,4% más que en el mismo trimestre de 2021. El número de demandas por reclamaciones de cantidad registradas en los juzgados de lo Social, en total 542, fue un 42,3% superior a las presentadas en el segundo trimestre de 2021.
Los procedimientos monitorios presentados en el tercer trimestre de 2022 en los juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción de la Región fueron 7.048, lo que supone un incremento interanual del 23,2%.
El procedimiento monitorio sirve para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, e incluyen las cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.
BAJAN LOS PROCEDIMIENTOS POR CLÁUSULAS SUELO EN TRÁMITE
En el tercer trimestre de 2022 ingresaron en el juzgado especializado en acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física 373 asuntos; un 6,9% menos que en igual trimestre de 2021.
Así, se resolvieron 990, un 51,6% más que en el mismo periodo del año anterior, con lo que a finales de septiembre quedaban en trámite en el juzgado especializado 2.088 asuntos, menos de la mitad de los 4.623 que se tramitaban en la misma fecha de 2021.
DISMINUCIÓN DE LOS LANZAMIENTOS EN UN 31,8%
El número de lanzamientos practicados en el tercer trimestre de 2022 en la Región de Murcia, en total 339, fue un 31,8% más bajo que en el mismo trimestre de 2021.
De ellos, el 55% de los lanzamientos, fue consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el 39 % se derivó de ejecuciones hipotecarias y el 6% restantes obedeció a otras causas.
Los lanzamientos derivados de ejecuciones hipotecarias experimentaron una disminución del 30,5% respecto al mismo trimestre de 2021 y del 37,6% los derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
En el ranking nacional, atendiendo a los lanzamientos consecuencia de procedimientos derivados de la LAU, en el primer lugar aparece Cataluña, con 1.197 (el 21,9% del total), seguida por Andalucía, con 888; Madrid, con 683; y Comunidad Valenciana, con 631. En cuanto a los derivados de ejecuciones hipotecarias, el mayor número se produjo en Cataluña, con 376; seguida de Andalucía, con 332; Comunidad Valenciana, con 271; y Murcia, con 132.
No obstante, si se pone en relación el número de lanzamientos con la población, la Región se sitúa en primera posición de lanzamientos practicados cada 100.000 habitantes derivados de ejecución hipotecaria, con 8,6.
EJECUCIONES HIPOTECARIAS
Durante el tercer trimestre del año, se presentaron 295 ejecuciones hipotecarias, un 27,2% menos que en el mismo periodo del año anterior.
Si de nuevo se atiende al número de ejecuciones hipotecarias ingresadas en relación con la población, la Región de Murcia, con 19,3 registradas por cada 100.000 habitantes, se sitúa en la comunidad con más ejecuciones hipotecarías del país, en términos relativos, seguida por la Comunidad Valenciana, con 19,1; y La Rioja, con 14,7.
Por otro lado, en el tercer trimestre de 2022 se registraron en los juzgados de la Región de Murcia 24 procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas, un 4% más que el mismo periodo del año anterior. Estos procedimientos se establecen para los casos en los que los propietarios sean personas físicas, entidades sin ánimo de lucro o entidades públicas poseedoras de vivienda social.
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