MURCIA, 23 (EUROPA PRESS)
La Junta Electoral Central (JEC) ha avalado que la cabeza de lista de Podemos, IU-Verdes y Alianza Verde, María Marín, tendría que haber abandonado el debate electoral celebrado el pasado viernes entre los candidatos a la Presidencia de la Región de Murcia y que, finalmente, se canceló debido a su negativa a marcharse del plató.
Así aparece reflejado en un acuerdo de la JEC fechado el 23 de mayo y que responde al recurso interpuesto por la coalición Podemos, Izquierda Unida y Alianza Verde contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Murcia que establecía que el tiempo asignado a Podemos se debía repartir a partes iguales entre Más Región-Verdes Equo y Podemos, Izquierda Unida y Alianza Verde.
Cabe recordar que se trataba del único debate electoral en el que iban a participar los candidatos a la Presidencia de la Comunidad, organizado por el Colegio de Periodistas, y tuvo que ser cancelado ante “la imposibilidad de dar cumplimiento al mandato de la Junta Electoral Central”, que obligaba a que Marín diese paso a mitad del tercer bloque temático a la candidata de Más Región, Helena Vidal.
Ahora, en un acuerdo al que ha tenido acceso Europa Press, la JEC ha ratificado que la decisión de la Junta Electoral Provincial de Murcia que repartía los tiempos entre las dos candidaturas “se ajustó a la doctrina establecida” y ha desestimado el recurso interpuesto por Podemos, Izquierda Unida y Alianza Verde contra el mismo.
En este sentido, la JEC ha detallado que el acuerdo es firme en vía administrativa, aunque contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.
RECURSO
El acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Murcia de 16 de mayo de 2023, objeto de impugnación, estimó una reclamación de la coalición electoral Más Región Verdes Equo al Plan de Cobertura de la televisión autonómica 7TV Región de Murcia y de Onda Regional de Murcia.
Así, la Junta Electoral Provincial estableció que el tiempo correspondiente al 5,55% de votos obtenido por la coalición Podemos Equo en las últimas elecciones debía repartirse a partes iguales entre Mas Región-Verdes Equo y Podemos, Izquierda Unida y Alianza Verde.
En esta tesitura, la coalición formada por Podemos, Izquierda Unida y Alianza Verde solicitó que se revocara el acuerdo, de manera que se asignara todo el tiempo establecido a su formación electoral o, en su defecto, se permitiera que concurriera un candidato de cada una de las formaciones electorales protagonistas de esta disputa.
En su resolución, la JEC recuerda que, tal y como se pone de relieve en la resolución impugnada, la coalición electoral Podemos-Equo concurrió en las elecciones de 2019 “sin hacer constar en las candidaturas, ni por tanto en las papeletas, el partido o federación política a la que pertenecía cada candidato”.
Asimismo, Podemos, IU-Verdes y AV “tampoco aportó en su reclamación documentos que permitiesen acreditar el número de candidatos que obtuvo cada formación integrante de la coalición electoral”.
Por eso, la Junta Electoral Provincial interpretó que “había que prorratear los resultados entre las dos coaliciones que ahora se presentan a las elecciones”.
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