Esta modificación da respuesta a una de las mayores preocupaciones de los agricultores de estos dos cultivos
MURCIA, 7 (EUROPA PRESS)
La Comunidad Autónoma ha incluido las plantas aromáticas y los salicornios en el Decreto de Quemas para evitar la proliferación de plagas. Esta norma regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas mediante la quema controlada ‘in situ’, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos, así como su aplicación en pequeñas explotaciones y micro explotaciones agrarias.
El director general de Producción Agrícola, Ganadera y Pesquera, Juan Pedro Vera, destacó que “de esta forma damos respuesta a una de las mayores preocupaciones de los agricultores de estos dos cultivos, pues la quema controlada de los restos es la medida fitosanitaria más adecuada para la eliminación de algunos organismos nocivos, convirtiéndose así en una medida de prevención y control de plagas y enfermedades”
Vera incidió en que “se trata de una medida que se tiene que justificar por motivos de excepcionalidad y que debe contar con los permisos y autorizaciones necesarias”.
Los cultivos incluidos en el Decreto de Quemas, que se amplía con las plantas aromáticas y los salicornios, son los frutales de hueso, frutales de pepita, frutos secos, vid, olivos, cítricos, hortícolas al aire libre e invernadero, arroz y palmeras datileras.
Esta ampliación del decreto se justifica porque en los cultivos de plantas aromáticas se han incrementado en los últimos años los problemas derivados de enfermedades fúngicas como es el caso de Verticilium, Roya y Oidio, debido a la alternancia de periodos de lluvias torrenciales seguidos de elevadas temperaturas.
Igualmente, las condiciones de extrema sequía han motivado el incremento de las poblaciones de las plantas rodantes conocidas como salicornios que ocasiona el semillado de las parcelas de cereales y daños en las plantaciones de viñedo, especialmente en aquellas cultivadas en espaldera.
AUTORIZACIONES
Sólo podrá permitirse la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola, bien por razones de carácter fitosanitario que no sea posible abordar con otro tipo de tratamiento, bien con el objeto de prevenir los incendios. Estas deben contar con la correspondiente autorización, solicitud que debe presentarse en la Consejería a Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca.
- Te recomendamos -