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Expertos en Derecho e Hidráulica cuestionan la legalidad y rigurosidad de los caudales ecológicos del Tajo

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MURCIA, 28 (EUROPA PRESS)

El catedrático de Derecho Administrativo jubilado de la Universidad de la Rioja, Antonio Fanlo, ha cuestionado la legalidad del aumento de los caudales ecológicos que contempla el borrador del Plan Hidrológico del Tajo porque sería “contrario” a las leyes especiales que regulan el aprovechamiento del trasvase Tajo-Segura y que actualmente están vigentes, es decir, la Ley de 1971, la de 1980 y la Ley del Memorándum de 2015.

Por su parte, el catedrático de Ingeniería Hidráulica en la Universidad Politécnica de Madrid, Luis Garrote, ha puesto en duda el rigor con el que se han calculado estos caudales ecológicos, ya que ha revisado el proceso y ha averiguado que hay una serie de “debilidades” que eran “fácilmente subsanables” antes de tomar decisiones al respecto.

En concreto, Fanlo ha destacado que los regantes que se aprovechan del Tajo-Segura podrían reclamar indemnizaciones por el recorte de los recursos derivado del aumento del caudal ecológico.

Ha admitido que la simple fijación del caudal ecológico no es por sí misma el título jurídico para imputar responsabilidad a la Administración, pero insta a tener en cuenta que todo el sistema de riego del trasvase Tajo-Segura “fue desarrollado en aplicación de la legislación de reforma y desarrollo agrario que obligaba y sigue obligando a los propietarios de los terrenos afectados a transformar sus propiedades de secano a regadío”.

Ha reconocido que esto se hizo con subvenciones estatales pero los propietarios aportaron inversiones y lo siguen haciendo para costear procesos de modernización.

En base a ello, ha advertido que el Estado podría incurrir en una responsabilidad patrimonial si aplica medidas que pueden llevar a recortar las dotaciones como consecuencia de un incremento de caudales ecológicos en casos concretos en los que las inversiones no estén todavía amortizadas.

Incluso, Fanlo ha advertido que los regantes podrían recurrir el Plan Hidrológico del Tajo y, llegado el caso, podrían conseguir su anulación al entender que los caudales ecológicos que se incrementan a 7 metros cúbicos por segundo (m3/s) son contrarios a las previsiones de las leyes especiales del Tajo vigentes, que solo hablan de un caudal circulante de protección medioambiental de 6 m3/s en Aranjuez.

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Fanlo ha asegurado que la mala calidad del Tajo a su paso por Toledo o el hecho de que haya agricultores en Talavera que no pueden regar no se pueden achacar a la situación en la cabecera del río.

“El Tajo es muy complejo y tenemos una idea simplista de lo que es un río”, según Fanlo, quien ha explicado que “el Tajo no funciona como un grifo en la cabecera que, si se gira y manda agua al Segura, ya deja sin agua a toda la cuenca”. Y es que la mayor proporción del agua de la cuenca viene del margen derecho, de la zona del Sistema Central, del Guadarrama o Somosierra.

También ha lamentado que la calidad del agua del Tajo se atribuye a que el agua de excelente calidad se dirige al Segura. Al contrario, ha advertido que el problema de la mala calidad del Tajo medio es “la insuficiente o nula depuración”. No obstante, ha señalado que estos vertidos no solo proceden de Madrid, sino también de los corredores industriales de Guadalajara-Madrid y de Toledo-Madrid.

Asimismo, ha advertido que hay un principio en la legislación de aguas que establece que “no se pueden usar los caudales para diluir los vertidos”.

Ha señalado que el buen estado de las masas de agua es el objetivo último de la Directiva Marco del Agua establecida por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, pero ha aclarado que su texto articulado “no habla en ningún momento de los caudales ecológicos”.

Por tanto, ha aseverado que los caudales ecológicos son una “autoimposición” del Derecho español. No obstante, cree que la protección del buen estado de las aguas debe armonizarse con los usos y demandas socioeconómicas, cuya garantía se satisface mediante la técnica de almacenamiento de agua en pantanos, objeto continuado de la política hidráulica de los últimos 140 años.

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“Es contrario al sentido común construir embalses para guardar el agua y vaciarlos, por una interpretación errónea al fijar unos caudales ecológicos superiores al régimen natural”, ha apostillado.

“DEBILIDADES” EN EL CÁLCULO

En cuanto al cálculo de caudales ecológicos, lo primero que sorprendió a Garrote es que en el caso del Tajo se hicieron “hace mucho tiempo”, en 2009 y para el primer ciclo de planificación. Desde entonces, no se han revisado.

Los valores que afectan al Tajo-Segura son los correspondientes al tramo que discurre desde el embalse de Bolarque hasta Talavera de la Reina y, en concreto, los que condicionan el trasvase son dos puntos de cálculo situados entre el pantano de Bolarque y Aranjuez. “Son cálculos que, en general, están hechos de forma correcta y con los métodos previstos en la normativa, pero tienen aspectos mejorables”, según Garrote, quien cree que “se podrían corregir”.

Ha señalado que el resultado que dan estos cálculos en los tramos analizados “son muy diferentes”. Así, en el punto situado junto a Almoguera, el caudal ecológico que se obtuvo era de 7,2 m3/s; mientras que en el otro punto, junto a Aranjuez, era de solo 2 m3/s, lo que constituye una “contradicción”. Esta discrepancia en el Plan Hidrológico del Tajo se ha resuelto “adoptando el mayor valor de los dos obtenidos”.

Otro hecho llamativo, según Garrote, es que el tramo del río considerado “es muy largo” porque tiene más de 100 km y “los cálculos han examinado longitudes relativamente pequeñas”. En concreto, en Almoguera se han analizado unos 200 metros y en Aranjuez unos 400 metros. “Nos queda la duda de lo que pasa en los 99 km que no se han analizado”, ha aseverado.

Además, se tomó como referencia el tramo más corto (Almoguera) y se usó un modelo hidráulico simplificado (unidimensional) y “menos robusto”, mientras que el de Aranjuez –que arrojó un caudal ecológico más bajo–, empleó un método bidimensional, que es “más detallado y avanzado”.

Otro aspecto mejorable, según Garrote, es la medición del caudal del río. El método de cálculo del caudal ecológico consiste en identificar una serie de especies piscícolas que se deben proteger en el tramo y caracterizar las condiciones de circulación necesarias para que puedan disponer de hábitat suficiente.

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Las condiciones hidráulicas se estiman mediante un modelo de cálculo. Para preparar el modelo, se realiza una visita de campo en la que se estudia el tramo de río, se mide la profundidad de agua ese día y el caudal que circula por el mismo. “Es llamativo que, en estos trabajos, la medición que se hizo del caudal no coincide con los datos que proporcionan las redes de medida oficiales de la Confederación Hidrográfica del Tajo para ese tramo, con una discrepancia muy grande, lo que quiere decir que posiblemente sean incorrectos”, ha afirmado.

“A la hora de tomar decisiones, hay que tener en cuenta que estos cálculos no dan como resultado, ni mucho menos, una cifra precisa”, ha aseverado.

Garrote ha advertido que hay otro aspecto “mejorable” en el cálculo, y es que en la definición del máximo hábitat potencial de cada una de las especies se usaron los resultados de un modelo hidrológico del año 2009 que se ha modificado posteriormente. “Aplicando las series hidrológicas de la nueva versión del modelo, el resultado del caudal ecológico mínimo de todo el año pasaba de 7,2 m3/s a 5,2 m3/s”, ha dicho.

Por si fuera poco, a pesar de que el resultado era 7,2 m3/s, en el Plan Hidrológico el valor se ha modulado estacionalmente y, al final, se ha elevado a un caudal medio todo el año de 8,6 m3/s, usando un coeficiente de variación que “no está contemplado en la normativa”.

Esto se traduce en que hay que desembalsar más agua de la cabecera y hay menos para trasvasar. Así, cada m3 por segundo más de caudal ecológico reduce el trasvase en unos 33 hm3 al año.


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