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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Madrid (TSJMU) ha recibido la presentación de una solicitud por parte de MC a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para la paralización de la formación de la Asamblea

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MURCIA, 14 (EUROPA PRESS)

La sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) ha registrado un recurso electoral remitido por la Junta Electoral Provincial (JEP) al Servicio General de Registro y Reparto, interpuesto por la formación política Movimiento Ciudadano Regional contra el acta de proclamación de electos a la Asamblea Regional, en el que se solicita, como medida cautelarísima, la suspensión de la sesión constitutiva.

Junto al recurso, la JEP acompaña un informe preceptivo que concluye, como dicho órgano ya informó a la Junta Electoral Central (JEC), que las irregularidades producidas “no fueron relevantes para el resultado final de la elección”, según han informado fuentes del TSJMU en un comunicado.

Ahora, en primer lugar, corresponde al LAJ de la Sala de lo Contencioso analizar si el recurso cumple todos los requisitos formales o dar un plazo de subsanación, previamente a su admisión.

En segundo lugar, y sólo una vez admitido, según la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la Sala deberá valorar si existe la “especial urgencia” alegada por los recurrentes para decidir sobre la medida cautelar y, en ese supuesto, adoptar o denegar la medida.

De no apreciar las circunstancias de especial urgencia, la sala ordenaría la tramitación del incidente cautelar por el trámite ordinario y los interesados no podrían solicitar nuevamente medida urgente alguna.


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