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El arrestado por el asesinato de la madre de su ex pareja fue sentenciado por agredir con un puño americano a la hija de la víctima

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MURCIA, 23 (EUROPA PRESS)

El hombre de 58 años detenido este miércoles en Torregüera (Murcia) por disparar mortalmente a la madre de su expareja fue condenado en noviembre de 2024 por agredir a la hija de víctima con un puño americano, agarrarla del pelo y empujarla contra un coche, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

La víctima, de 78 años, recibió el tiro mortal al interceder cuando el arrestado, exvigilante de seguridad, disparó presuntamente contra su expareja sentimental e hija de la fallecida, sobre la que tenía una orden de alejamiento por un delito de malos tratos, en un bar en reformas de la citada pedanía murciana.

El juzgado de Instrucción número 9 de Murcia, en funciones de guardia, tras realizar el levantamiento del cadáver, ordenó la entrada y registro en el domicilio del detenido, que carecía de licencia de armas, al que además se le practicaron análisis toxicológicos para su remisión al Instituto de Medicina Legal.

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Las primeras diligencias de investigación se realizaron en el marco de un procedimiento abierto contra el presunto autor de los hechos por los supuestos delitos de homicidio/asesinato, lesiones, amenazas, tenencia ilícita de armas y quebrantamiento.

El detenido fue condenado el 4 de noviembre de 2024 por el juzgado de Violencia de Género número 1 de Murcia como autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, tras reconocer haber intentado agredir a su expareja con un puño americano en la puerta de su domicilio y agarrarla del pelo, empujándola contra un coche, cuando esta trataba de defenderse.

Tras este reconocimiento de hechos por parte del acusado y, de acuerdo con la acusación del Ministerio Fiscal, se dictó sentencia de conformidad en las que se le impuso las penas de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses privación del derecho a la tenencia y porte de armas y 16 meses de prohibición de comunicación y aproximación a menos de 500 metros, además de tener que indemnizar a la perjudicada por las lesiones causadas.

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En ese mismo acto se le requirió expresamente el cumplimiento de esas penas y se le advirtió de las consecuencias de su incumplimiento, añaden las mismas fuentes.

Está previsto que el juzgado de Instrucción que ha realizado las primeras actuaciones se inhiba a los juzgados especializados en violencia sobre la mujer de Murcia.


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