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Seis acusados de tráfico de drogas en Logroño, Villamediana y Alberite aceptan entre cuatro y un año de prisión

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LOGROÑO, 15 (EUROPA PRESS)

Los seis acusados de tráfico de drogas en Logroño, Villamediana de Iregua y Alberite, han aceptado entre cuatro años y un año de prisión, si bien en varios casos se suspende la pena siempre y cuando no cometan delitos también entre 5 y 2 años -y a seguir tratamiento de deshabituación a las drogas o a aportar certificado de haber concluido dicho tratamiento-, según la conformidad a la que han llegado en el juicio celebrado esta mañana en la Audiencia Provincial de La Rioja. En cualquier caso, sobre la suspensión de las penas las resolverá la Audiencia en sentencia.

Los seis estaban acusados -a los que el Fiscal requería entre 9 y 4 años de cárcel- de traficar con anfetamina, speed y cocaína) en Logroño, Villamediana de Iregua y Alberite, así como realizaban ventas tanto a particulares como a otros vendedores.

En el caso de D.A. ha aceptado 4 años de prisión y multa se 20.645 euros. Se suspende la pena siempre que no delinca en cinco años. Por su parte, M.A.S., se ha acordado 4 años de prisión y multa de 4.475 euros. Al igual que el primero si no comete delitos en cinco años se le suspende la pena.

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Ha aceptado tres años y medio de cárcel, 4.475 euros de multa, M.A.F. , con suspensión también de pena sino delinque en cuatro años. D.S.F., ha acordado 2 años de prisión y 40,50 euros de multa, que se suspende sino comete delitos en cinco años.

Finalmente, J.S. ha aceptado 1 año y 6 meses de prisión y 1.079 euros de multa, que se suspende sino delinque en dos, algo que también ha acordado C.H.S.R, con una pena de 1 año y 6 meses de prisión y 41,50 euros de multa.

HECHOS DE 2015

Los hechos, según el escrito al que ha tenido acceso Europa Press, se remontan al año 2015, cuando el acusado D.A, de 44 años, según las conversaciones telefónicas que se aportan como prueba, suministraba droga.

Lo hacía tanto a consumidores finales como otros traficantes de droga como es el caso de M.A.S, de cuarenta años, a quien proporcionaba speed y que, a su vez, distribuía en Logroño grandes cantidades de anfetamina, tanto a pequeños traficantes como a consumidores finales.

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Como M.A.S había sido condenado anteriormente por tráfico de drogas, procuraba no tener contacto físico o material con la droga que vendía, evitando ocultarla en su propio domicilio o en lonjas o inmuebles utilizados por él.

Para guardar esta droga, utilizaba los domicilios de otras personas, lugares a los que acudía para manipular y recoger la sustancia que sus compradores le demandaban.

Esto exigía que pudiera acceder con facilidad y habitualidad a dichas viviendas, bien disponiendo de llave, bien obligando a sus moradores a una presencia casi constante para atender sus llegadas.

En un inicio, usaba el domicilio de M.A como habitual. Sin embargo, en noviembre de 2015, tras hacer una entrega de anfetamina, el comprador le dijo que había detectado vigilancia policial, por lo que dejó de utilizar este piso con carácter principal, y comenzó a guardar la droga y a atender los pedidos en la vivienda del acusado D.S, de 47 años.

En un momento dado, D.S se apropió de una partida de droga perteneciente a M.A.S, por lo que éste, en enero de 2016, retornó a emplear como depósito y punto de manipulación de la droga la vivienda de M.A.

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Por otro lado, el acusado J.S, de 51 años, vendía anfetamina y hachís a consumidores finales y a pequeños traficantes, como el acusado C.H.S.R, de 46 años, que vendía speed.

Este último, además, había abastecido de cantidades menores de anfetamina en su vivienda a M.A.S cuando le fallaba el suministrador habitual.

El Fiscal explica cómo M.A.S usaba un lenguaje prefijado en las conversaciones con sus compradores para referirse tanto a esta actividad como para el dinero, usando frases convenidas como ‘ir a por la cena’, ‘cuántos estáis para cenar’ o ‘hacer la merienda mañana’.

Para aludir al dinero que tenía que pagarse decía ‘devolver el CD’, ‘traer la documentación’, o ‘los papeles’.

El acusado C.H.S.R distribuía al por menor anfetamina a consumidores finales que contactaban con él. Para ello, al no disponer de la infraestructura y medios necesarios, la droga le era proporcionada por el acusado J.S.


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