
LOGROÑO, 23 (EUROPA PRESS)
El Ministerio Fiscal solicita dos años de prisión para un acusado de un delito de falsedad documental y otro de estafa, después de que se hiciera con 3.000 euros de los ahorros de unos familiares, a los que engañó aprovechándose de la avanzada edad de una de las víctimas y de la discapacidad intelectual de otra.
El juicio por este caso está previsto que se celebre este martes en la Audiencia Provincial de Logroño.
De acuerdo con el escrito de la acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, el encausado, A.P.A., era cuñado de una hermana de J.G.I. y de una hija de A.I.M., las víctimas.
Como el encausado quería cambiar las ventanas de su domicilio en Logroño, se dirigió a una empresa de la capital riojana, que le planteó un presupuesto de 3.000 euros, “emitiendo una factura el 15 de enero de 2016”.
A fin de abonar el pago de las mismas, “puesto que carecía de fondos, se hizo con los datos bancarios y copia de la libreta y documentos de identidad de las dos víctimas, y “para ello se valió de la avanzada edad de A.I.M. y de la minusvalía de J.G.I., la cual tiene un trastorno por inteligencia límite”.
En el escrito se detalla que “para hacerse con los datos bancarios y el DNI, convenció a J.G.I. diciéndole que otro allegado le iba a regalar un móvil de última generación, pero que debía presentar el DNI de ella y su madre y la cartilla de ahorros de la que era titular junto a su madre y su hermana”.
Con copia de esta documentación “y firmando como si fuera A.I.M y J.G.I. realizó a nombre de éstas un contrato de préstamo de aplazo de pagos con Caja Laboral Kutxa el 27 de enero de 2016”, tras lo que la entidad abonó al encausado los 3.000 euros, “que se quedó sin que conste que las ventanas se llegaran a colocar o abonara su importe”.
Caja Laboral Kutxa remitió en marzo y abril de 2016 las cuotas a la cuenta de la que es titular A.I.M. y sus hijas, “cuotas que fueron devueltas por las interesadas al no haber firmado ningún contrato”.
Estos hechos son, para el fiscal, constitutivos de un delito de falsedad de documento mercantil “como medio para cometer una estafa”, del que es autor el acusado “sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal”.
Por ello, desde la acusación se indica que procede imponer al encausado un año de prisión por la estafa y otro año más por la falsedad documental.
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