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La Oficina Virtual Tributaria de Logroño facilita el cálculo y la presentación del impuesto de plusvalía de manera sencilla

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LOGROÑO, 22 (EUROPA PRESS)

La nueva Oficina Virtual de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Logroño, que continúa incorporando funcionalidades de forma progresiva, permite a la ciudadanía calcular y presentar de forma electrónica el Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido popularmente como plusvalía, y que debe formalizarse siempre que se realice la transmisión de un inmueble.

Para ello, la plataforma tributos.logrono.es incorpora un simulador que permite al contribuyente calcular de forma rápida y sencilla el importe de la plusvalía (de un modo orientativo y no vinculante).

A partir de ahí, el usuario podrá descargar el modelo de declaración, cumplimentarlo, y remitirlo junto con la documentación necesaria (detallada en cada caso en la propia Oficina Virtual de Gestión Tributaria) a través de la propia plataforma, mediante el uso de firma electrónica, para que, a continuación, los técnicos municipales puedan realizar la supervisión final (a diferencia de otros impuestos o tasas, en este caso no es posible realizar la autoliquidación).

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De este modo, el proceso administrativo se agiliza de forma significativa y el usuario evita desplazamientos para presentar la documentación.

SE MANTIENE EL SERVICIO DE ATENCIÓN PRESENCIAL.

En el caso de que el ciudadano prefiera entregar la declaración de forma presencial, puede realizar el trámite completo en las oficinas de la Unidad de Gestión Tributaria previa solicitud de cita a través de la web citaprevia.logrono.es

De todos modos, para agilizar esta gestión y recortar el tiempo de espera, también se puede realizar la simulación de la plusvalía a través de la plataforma, descargar los datos resultantes y acudir a las dependencias municipales con este documento, con lo que, a pesar de realizarse de forma presencial, se reduce la duración del trámite.

En el caso de las personas jurídicas o profesionales en el ejercicio de su actividad (por ejemplo, asesores, gestores, letrados, etc.) deben presentar sus declaraciones de forma electrónica, tal y como marca la ley, a través de la Oficina Virtual de Gestión Tributaria.

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QUÉ ES LA PLUSVALÍA.

El Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana grava el incremento de valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana y que se pone de manifiesto a consecuencia de su transmisión.

La plusvalía se devenga en las operaciones en las que transmite un bien inmueble de carácter urbano, en este caso ubicado en el término municipal de Logroño. Existen supuestos en los que se aplica la no sujeción (operaciones que generan incremento de valor del suelo), pero en todos los casos debe presentarse la declaración.

En el caso de compraventas y donaciones (transmisión ‘intervivos’) debe presentarse en el plazo de 30 días hábiles, mientras que en el caso de herencias (transmisión ‘mortis-causa’) el plazo será de seis meses, prorrogables con solicitud previa.

Más información sobre la plusvalía: www.logrono.es/-/impuesto-sobre-el-incremento-del-valor-de-los-terrenos-de-naturaleza-urba-plusvalia-


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