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La FAPE rechaza el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada al limitar los derechos de libertad de expresión

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“No cabe concebir como conocimiento indebido de información clasificada el que resulte de las investigaciones periodísticas”

LOGROÑO, 12 (EUROPA PRESS)

La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), en la que está integrada la Asociación de la Prensa de La Rioja, rechaza el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada al considerar que limita los derechos de libertad de expresión e información.

En nota de prensa, ha dado a conocer que ha presentado varias alegaciones al anteproyecto, entendiendo que limita derechos bajo la justificación de la salvaguardia de la seguridad y de la defensa nacional.

Además, ha mostrado sorpresa y rechazo porque solo exista un plazo de 3 al 12 de agosto para participar, en pleno mes de agosto, tradicionalmente vacacional, sin que entienda que se justifica el trámite de urgencia.

Para la FAPE el acceso por parte de un periodista, en el ejercicio de su profesión, a información clasificada como confidencial o restringida no debería implicar que tenga que guardar reserva y, por tanto, no debería ser sancionable su publicación.

Para esta entidad profesional, “no cabe concebir como conocimiento indebido de información clasificada el que resulte de las investigaciones periodísticas”.

Asimismo, ha reclamado que no se considere infracción grave, o leve, la difusión por los medios de información de informes o informaciones clasificadas como confidenciales o restringidas a las que hayan tenido acceso los periodistas en el ejercicio de su profesión.

También, ha rechazado que en estos supuestos estén obligados los periodistas o los medios informativos a entregar dichos informes o información a ningún funcionario público.

Para la FAPE, al amparo de la norma que se pretende aprobar, “basta a la Administración con calificar cualquier informe o información correspondiente a su actuación como confidencial o restringida para a impedir o penar cualquier información que se refiera al funcionamiento del sector público”.

“Y lo que es más grave”, ha añadido, “es que no solo son los responsables de establecer dicha clasificación determinados cargos unipersonales, nombrados por el Gobierno, sino que se establece la posibilidad de delegar la facultad de clasificación”.

Esto, ha visto, crea “una cohorte de funcionarios, ya sean nombrados directamente por el Ejecutivo o en los que éstos deleguen, que decidirán, en prácticamente todas las actividades de la vida pública, que es lo que pueda causar una amenaza o perjuicio leve para los intereses de España o pueda ser contrario a los intereses de España”.

Ha aseverado que, hasta hora, “dicho concepto se denominaba censura”.

La FAPE insiste en que la ley que se pretende aprobar supone, “tanto una limitación al derecho constitucional a comunicar o recibir libremente información veraz como al, también derecho constitucional, de acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, con los límites que establece la norma constitucional en cuanto a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas”.

Ha rechazado que “impida, o recorte, tanto el acceso a la información como su publicación, estableciendo graves sanciones” en lugar de “recordar la obligación de la Administración de informar a los ciudadanos sobre el desarrollo de las políticas del Estado o del funcionamiento del sector público, las negociaciones políticas o comerciales de España con otros Estados, los intereses económicos o industriales, el funcionamiento de los servicios públicos o la prevención, detección e investigación de delitos”.

FAPE, por último, mantiene que no hay ninguna causa que justifique la tramitación del Anteproyecto de Ley por el trámite de urgencia. En este sentido, aclara que toda norma que afecte a derechos constitucionales, máxime si supone la limitación de tales derechos, debe contar con la participación ciudadana y de sus organizaciones a través del procedimiento legalmente regulado.

Para la FAPE, “omitir dicho trámite por la vía de la tramitación urgente del anteproyecto de ley supone de entrada una censura a la opinión de la ciudadanía, concepto que impregna el contenido del Anteproyecto de Ley, que, en todo caso, no se puede sustituir por un corto periodo de posibilidad de participación, del 3 al 12 agosto de 2022”.


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