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El informe de caligrafía indica que el acusado no fue el autor de las cartas halladas en la casa del anciano envenenado

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“Hay un porcentaje muy alto de posibilidades de que haya sido la víctima quien las haya escrito”, ha asegurado el perito

LOGROÑO, 7 (EUROPA PRESS)

El perito encargado de realizar el informe pericial caligráfico de las notas encontradas en el domicilio del anciano de 82 años envenenado presuntamente con líquido desatascador por su cuidador en agosto de 2020 ha asegurado que de ese informe se desprende que esas cartas “no las escribió el acusado”.

Por su parte, ha afirmado, “hay un porcentaje muy alto de posibilidades de que haya sido la víctima quien las haya escrito”.

Así lo ha respondido en la quinta sesión del juicio contra A.V.M, de 46 años y sin antecedentes penales, que se celebra por jurado popular ante un delito de asesinato con alevosía, al envenenar presuntamente -en agosto de 2020- a la persona que cuidaba, un hombre impedido de 82 años, con un líquido desatascador. Además, el Fiscal le reclama una indemnización de 300.000 euros.

El agente nacional de Policía ha respondido que “básicamente lo que está claro es que el acusado no escribió la nota”.

LOS HECHOS

El fiscal pide 23 años de cárcel para A.V.M., de 46 años, sin antecedentes penales, por un delito de asesinato con alevosía, al matar a la persona que cuidaba, un hombre impedido de 82 años, con un liquido desatascador. Además, le reclama una indemnización de 300.000 euros.

Según el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado entró en contacto con la víctima, J.V.L., cuando le alquiló una plaza de garaje y un trastero de su propiedad en la calle Beratúa de la ciudad de Logroño. Poco después el acusado comenzó a ejercer funciones de asistencia a J.V.L., en un principio sólo durante el día y con posterioridad llegando a pernoctar el domicilio de la víctima, debido a que éste sufrió un ictus.

Tres días después de salir del hospital, el acusado acompañó a la víctima a una notaría, donde éste último “otorgó testamento instituyendo heredero al acusado con la obligación de prestarle asistencia y cuidados hasta su fallecimiento”. Dicho testamento revocaba otro en el que instituía como herederos, por mitad e iguales partes, a sus sobrinos.

Posteriormente, el 4 de agosto de 2020, y siempre según el escrito del fiscal, el acusado acudió al establecimiento de productos de fontanería donde compró un producto desatascador profesional. Esa misma noche, administró a la víctima el medicamento Noctamid, “en cantidad ligeramente superior al rango terapéutico, para provocarle somnolencia, y hallándose en ese estado, que le impedía defenderse, el acusado le hizo ingerir parte del producto desatascador mencionado anteriormente, con el propósito de causarle la muerte y poder heredar sus bienes”.

Transcurrido un cierto tiempo desde dicha ingesta, el acusado llamó al servicio de emergencias SOS Rioja. La víctima falleció a las 07,50 horas del mismo día en el hospital siendo la causa inmediata de la muerte “fallo multiorgánico secundario a perforación gástrica y la causa inicial o fundamental perforación gástrica por ingesta de producto químico ácido”.


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