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Abogado de una de las niñas intercambiadas en el San Millán dice que solo se ha abonado 215.000 de los 850.000€

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LOGROÑO, 15 (EUROPA PRESS)

El abogado de una de las niñas intercambiadas en el hospital San Millán de Logroño, José Sáez Morga, ha manifestado que la compañía aseguradora del Servicio Riojano de Salud, “sólo tiene ingresado en la cuenta del procedimiento judicial un importe de 215.000 euros”, cuando desde el Gobierno riojano se fijó una indemnización de 850.000 euros.

El letrado ha querido salir al paso de las declaraciones realizadas, el pasado 9 de febrero, por la consejera de Salud, María Somalo, indicando que el Ejecutivo riojano ordenó, a finales de diciembre, a solicitud de la parte demandante, a la compañía aseguradora el pago de 850.000 euros de indemnización fijada a una de las jóvenes intercambiadas en el hospital San Millán en 2002.

Seis días después, Sáez Morga ha señalado que la aseguradora tiene consignada la cantidad de 215.000 euros en el proceso judicial “ignorando el contenido de los contactos y posicionamientos que haya podido haber entre la Administración y la aseguradora, en el marco suresponsabilidad solidaria”.

Hay que recordar que a pesar de que el Consejo de Gobierno del 5 de octubre de 2022, fijó la indemnización para la clienta de este abogadode 850.000 euros, cuatro meses después denunció el letrado que no se había abonado. No obstante, esta cantidad supone “estimar, en parte, lo pretendido por su defendida, 3,01 millones de euros”.

El despacho recordó que el artículo 98.1 de la Ley 39/2015, de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que “los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo serán inmediatamente ejecutivos, aunque se recurran y sin que las excepciones legales se den en el caso”.

Por ello, habiendo transcurrido casi cuatro meses desde la adopción y notificación de dicho acuerdo, “sin que la Administración ni la aseguradora Segur Caixa Adeslas, S.A. de Seguros y Reaseguros hayan satisfecho importe alguno, y a pesar de haberse recurrido”, el abogado requirió al Ejecutivo riojano “la ejecución del propio acto de dicho Consejo -de Gobierno- conforme al artículo 29 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo”.

LOS HECHOS

Aunque el caso trascendió en el año 2021, los hechos sucedieron en el año 2002, en el ahora derruido hospital San Millán de Logroño, cuando dos niñas llegaron al mundo con cinco horas de diferencia y, cada una de ellas, fue entregada a la familia de la otra tras pasar por la incubadora.

La ahora demandante nunca vivió con los padres a los que fue entregada y fue criada por la teórica abuela (en realidad abuela de la otra niña) que consiguió su tutela.

En el año 2017 la abuela quiso presentar una demanda de alimentos al padre al que había sido entregada y una prueba genética sacó a la luz que realmente no lo era. Posteriormente se descubrió que tampoco era hija biológica de la madre a la que había sido entregada.

Además, salió a la luz que el grupo sanguíneo que tenía asignado en su historia clínica era erróneo. “Es algo que afecta al ámbito privado y al orden público porque el registro no puede tener datos inexactos, como tampoco las historias clínicas por la Ley de Salud de La Rioja”, resaltó en su momento el abogado de la demandante, José Sáez Morga.

Su letrado instó a que se le otorgara el beneficio de la mayoría de edad y, con esta condición, se dirigió a la Inspección Médica de la Dirección General de Asistencia, Prestaciones y Farmacia de la Consejería de Salud pidiendo su identificación.

Inspección abrió una investigación con un abanico de niños que determinó que la confusión sólo podía haberse dado con la otra niña, que nació con cinco horas de diferencia y con la que tiene el grupo sanguíneo cambiado. Otra “anomalía” que se encontró fue el seguimiento del peso, que no cuadraba.


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