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Marratxí destina 50.000 euros en ayudas a la compra de libros de texto y material escolar para el curso 2022-2023

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PALMA, 15 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Marratxí ha hecho pública la convocatoria de ayudas dirigidas a cubrir los gastos relacionados con la adquisición de libros y material escolar para el curso académico 2022-2023.

Según ha informado el Consistorio, el objeto de esta convocatoria es el otorgamiento de ayudas para la adquisición de libros de texto, material escolar e infraestructura informática del alumnado de educación infantil, primaria, secundaria o formación profesional para este curso escolar.

Las ayudas, que se pueden solicitar hasta el 3 de octubre, van dirigidas a alumnos de centros públicos y concertados de las Islas empadronados y residentes en el municipio de Marratxí y tienen la finalidad de apoyar económicamente el gasto del inicio del curso escolar de las familias, especialmente de las familias con una situación económica precaria.

Las ayudas se financiarán a cargo del Presupuesto Municipal del presente ejercicio, hasta un importe máximo de 50.000 €, a cargo de la partida de ayudas puntuales. La cuantía oscila entre los 110 euros de educación infantil y los 225 euros de bachiller y Formación Profesional. Las ayudas se incrementarán en 40 euros para todos aquellos que participan en el programa de reciclaje de libros del centro escolar o del Ayuntamiento.

Se pueden consultar las bases y obtener el formulario de solicitud, además del resto de anexos y documentación, mediante la página web del Ayuntamiento de Marratxí (educacio.marratxi.es) o en el Área de Servicios Sociales (C/ Balanguera, 12. Sa Cabana). Además, las personas interesadas podrán presentar, con cita previa, sus solicitudes de manera presencial en el Registro General o en las Oficinas Municipales de Atención al Ciudadano (OAC): OAC Ayuntamiento, OAC Pont de Inca y OAC Sa Cabana.

También se puede enviar la solicitud, y toda la documentación, usando la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://seuelectronica.marratxi.es/) o mediante cualquier de los medios o registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


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