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Inversores desean adquirir la herencia de la mujer que afirma ser descendiente no reconocida de José María de Olivar, nacido en Menorca

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PALMA, 24 (EUROPA PRESS)

Inversores nacionales e internacionales están interesados en adquirir los derechos hereditarios de la mujer malagueña que asegura ser hija ilegítima del noble menorquín José María de Olivar Despujols y que está litigando para alcanzar este reconocimiento.

El abogado de la mujer, Fernando Osuna, ha explicado a Europa Press que las partes están negociando la posibilidad de esta compra de derechos, que se haría, en todo caso, bastante por debajo de los 30 o 40 millones de euros en los que podría estar valorada la herencia del empresario, fallecido en 2018, en el caso de que el procedimiento se saldara reconociendo a la mujer como heredera de la fortuna.

Se trata de una práctica habitual, según ha indicado el letrado, aunque no exenta de riesgos para los compradores dada la inseguridad de que el litigio acabe en favor de la demandante, aunque las posibilidades de multiplicar la inversión podrían multiplicarse por ocho o hasta por diez.

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Si la compra de los derechos fructifica, para la mujer, septuagenaria, que reclama ser reconocida hija del noble, supondría asegurarse una cierta cantidad de dinero, aunque inferior a la que podría conseguir con la herencia, pero ahorrándose tiempo en procesos judiciales que pueden alargarse durante décadas.

De momento, ha indicado el letrado, las negociaciones acaban de comenzar. Además, ha insistido, confía en que finalmente se pueda demostrar que su clienta es hija del empresario a través de las pruebas de ADN y otros vestigios como cartas y documentos. “Hay muchísimas pruebas”, ha añadido.

Los inversores que están interesados en adquirir los derechos hereditarios pretenden transformar fincas rústicas de Menorca en establecimientos hoteleros de agroturismo.

DEMANDA POR UNA HERENCIA MILLONARIA

En el litigio que tramita el Juzgado en Menorca, la mujer lucha por una importante herencia que, de no reconocerse su parentesco con el empresario, sería para los sobrinos de éste. El empresario los nombró expresamente como los herederos de todo su patrimonio en su testamento, dejando fuera a su presunta hija ilegítima.

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En su certificado de nacimiento, la demandante aparecía como hija de madre soltera. La mujer sostiene que su madre, de Barcelona, tuvo una relación en los años cuarenta con el empresario sin haber contraído matrimonio, y con cierta diferencia de edad entre ambos.

El bufete de abogados que lleva la demanda contextualiza que en la época este nacimiento se consideraba “un absoluto escándalo” y que se produjo un distanciamiento entre ambos hasta que la relación “terminó por romperse”. El empresario vivía entre Menorca y Barcelona y era soltero.

Sin embargo, los abogados indican que la relación entre la demandante y el empresario era cordial, que ambos se reunieron en diversas ocasiones, y que aunque él nunca reconociera registralmente su paternidad, supuestamente sí lo hacía en la esfera privada.

En este sentido, a su demanda la mujer aportó cartas intercambiadas entre su madre y su posible padre, en las que se reconocería el embarazo. Además, el despacho jurídico indica que, con mediación de una tercera persona para que el empresario aceptara la paternidad, éste empezó a pagar cantidades de dinero y se hizo cargo de los costes del colegio, poniendo a la niña su apellido en papeles de la escuela y otros registros.

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Con esta demanda la mujer pretende que se reconozca su derecho a heredar “un inmenso patrimonio” repartido entre Cataluña, Baleares y Andalucía, compuesto de “palacios, tierras rústicas, viviendas, joyas, obras de arte, empresas y metálico en bancos”, según su abogado.

Durante el litigio ya se ha exhumado a los padres del empresario, quien por su parte fue incinerado, sin haberse podido analizar los restos por su antigüedad, y se ha pedido la exhumación de un hermano. Tampoco una muestra extraída a una hermana del noble ha aportado la suficiente coincidencia.


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