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El TS condena a 9 años de cárcel a unos okupas de Palma por exigir 8.000€ a un promotor a cambio de abandonar unos pisos

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El Juzgado les condenó también por integración en grupo criminal, pero la Audiencia Provincial los absolvió de ese delito

PALMA, 24 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha ratificado una condena de nueve años de cárcel por a cuatro ‘okupas’ de Mallorca que, tras entrar en unos pisos a estrenar a punto de entregarse, exigieron al promotor hasta 8.000 euros a cambio de marcharse.

Por estos hechos, los acusados, tres hombres y una mujer, fueron condenados en 2021 por un Juzgado de Palma por un delito de extorsión. La sentencia de instancia les impuso penas individuales de dos y tres años de cárcel por ese delito y también les condenó al pago de multas por usurpación de bien inmueble.

A esas penas el Juzgado sumó nueve meses de prisión por integración en grupo criminal, aunque tras un recurso de las defensas, la Audiencia Provincial les absolvió de este último delito entendiendo que se trataba de un supuesto de codelincuencia.

Con todo, los acusados presentaron un nuevo recurso ante el Tribunal Supremo. La Fiscalía y la víctima, representada por el abogado Carlos Barceló en el procedimiento, se opusieron a ese recurso.

Los magistrados del Supremo no han admitido a trámite las peticiones de los ‘okupas’ al considerar que sus recursos carecen de interés casacional. Además de imponer las costas a los acusados, confirman así la condena por el delito de extorsión, la primera de este tipo en España por un caso de ‘okupación’.

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DIJERON AL PROMOTOR QUE PAGARÍA “POR LAS BUENAS O POR LAS MALAS”

Los hechos se remontan a mayo de 2019. Los acusados –todos ellos con antecedentes penales por delitos de distinta naturaleza– se pusieron de acuerdo para ocupar una finca en Palma, en la que se acababan de construir viviendas nuevas que estaban a punto de ser entregadas a los compradores. Sólo faltaban por instalar las cocinas y los electrodomésticos.

Los ‘okupas’ forzaron el bombín de las puertas de acceso al edificio y en un cajetín se hicieron con el manojo de llaves que había dejado un carpintero. Con esas llaves pudieron entrar en las viviendas e instalarse en ellas.

Los apartamentos eran todavía propiedad de la promotora, y cuando detectó lo ocurrido, su responsable se personó en el inmueble y trató de convencer a los ‘okupas’ para que se fueran. Les ofreció inicialmente 500 euros, y posteriormente 1.000 euros a cada uno, para persuadirles.

Sin embargo, los ‘okupas’ le exigieron más dinero. Le advirtieron que si no les pagaba más no se irían y que terminaría pagando “por las buenas o por las malas”, que “montarían un pollo” y que “llamarían a la prensa”, según recoge la sentencia.

El promotor llamó a la Policía, y los agentes identificaron a tres de los acusados. El empresario incluso contrató los servicios de una empresa de detectives para tratar de encontrar una salida. Finalmente, a través de uno de los empleados, los ‘okupas’ exigieron 8.000 euros para desokupar las viviendas.

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Temiendo que los delincuentes llamaran a más personas para ‘okupar’ el resto de pisos –que el promotor tenía que entregar en fechas próximas–, o que causaran daños en los inmuebles, la víctima entregó el dinero. Una vez que hubieron cobrado, los ‘okupas’ recogieron sus cosas y se marcharon todos en un vehículo. Tras su partida la promotora constató desperfectos por valor de 6.000 euros.

SITUACIÓN “ABSOLUTAMENTE ESTRESANTE E INTIMIDANTE”

En los recursos al Tribunal Supremo, uno de los acusados alegaba que no había concurrido violencia o intimidación para obtener el dinero a cambio de abandonar la vivienda –para defenderse del delito de extorsión– y que tampoco tenía intención de permanecer en la misma –para defenderse del delito de usurpación de bien inmueble–.

El Supremo rechaza sus argumentos en base a los hechos probados. Recogiendo los argumentos de la Audiencia, el Tribunal destaca que la situación para el denunciante fue “absolutamente estresante e intimidante”, ya que se trataba de una promoción de pisos a estrenar que tenía que entregar a los compradores.

En esa situación, “la ocupación no solo impediría la entrega de las mismas a los compradores, sino que además existía un riesgo evidente de que se produjeran destrozos importantes por parte de los ocupantes”, añade.

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“TEATRALIZACIÓN” PARA ‘OKUPAR’ LOS PISOS

La sentencia de la Audiencia subrayó que la okupación de la vivienda fue un “elemento imprescindible para mover la voluntad del promotor”, y que de hecho su única finalidad era presionar a la promotora a pagar.

En esta línea, la sentencia de la Audiencia recoge que ninguno de los acusados tenía necesidad de vivienda, y llama la atención sobre que “sus pertenencias eran escasas atendiendo a que se fueron de manera inmediata en cuanto se les entregó el dinero”.

No había pruebas de que se llevaran enseres para acomodarse una larga temporada, como utensilios de cocina o ropa. “Más bien lo que hicieron fue una pura teatralización”, incide la Audiencia. Pusieron un felpudo, un dibujo infantil pegado con celo y dejaron bolsas de basura en el rellano que previamente habían cogido del contenedor de la calle, todo ello para “hacer visible la ocupación como medio intimidante propio de la extorsión”.

Precisamente, por esos detalles la Audiencia rechazó absolver a uno de los ‘okupas’ que alegaba que ni siquiera había mediado palabra con el promotor. Para los magistrados, “se creó una violencia ambiental perfectamente orquestada” al introducir esos “signos aparentes de que iban a permanecer allí si no se cumplían sus exigencias”.


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