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“El Govern aprueba la disposición de los expedientes de gasto de los conciertos educativos para el periodo de 2023 a 2029”

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También se autoriza a la UIB a extinguir las enseñanzas oficiales de siete másteres

PALMA, 1 (EUROPA PRESS)

El Consell de Govern ha autorizado al conseller de Educación y Universidades, Antoni Vera, a ejercer las competencias en materia de autorización y disposición de los expedientes de gasto derivados de los conciertos educativos para el período 2023-2029.

En rueda de prensa después del Consell de Govern este viernes, el portavoz del Ejecutivo autonómico, Antoni Costa, ha dado cuenta de la aprobación de la disposición de las resoluciones del director general de Planificación, Ordenación e Infraestructuras Educativas, Ismael Alonso, que se dicten al amparo del artículo 5 del Decreto 59/2022, de 27 de diciembre, para cada curso escolar en que este Decreto sea vigente (periodo 2023-2024 a 2028-2029), por un importe global de 1.352.248.306,73 euros.

Esta autorización se extiende tanto a los gastos derivados de los expedientes de los conciertos educativos que se suscriban inicialmente para el periodo 2023-2029, como a los gastos derivados de sus modificaciones posteriores, así como a los que resulten de la suscripción de nuevos conciertos y otros que se puedan acordar durante el periodo mencionado.

MÁSTERES UNIVERSITARIOS

El Consell de Govern celebrado este viernes también ha autorizado a la UIB a extinguir las enseñanzas oficiales de siete másteres, así como de cuatro más que se encuentran en proceso de extinción.

El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el cual se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento para asegurar su calidad, establece, en el artículo 27, que el plan de estudios tiene que ser verificado por el Consell de Universitats y tiene que ser autorizado por la comunidad autónoma.

Asimismo, establece que el carácter oficial del título se declara por un acuerdo posterior del Consejo de Ministros y por la inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Esta inscripción tiene efectos constitutivos respecto de la creación de títulos universitarios oficiales, y lleva aparejada la consideración inicial de título acreditado a los efectos legalmente establecidos.

Finalmente, el artículo 34.8 del Real Decreto 822/2021 indica que en el supuesto de que un título no renueve su acreditación, será declarado a extinguir y se anotará en el RUCT. Como consecuencia de esto, la comunidad autónoma competente tiene que determinar la extinción del plan de estudios.

Por ello, el Consell de Govern de la Universitat de les Illes Balears (UIB), en la sesión ordinaria de 14 de junio de 2023, aprobó la relación de másteres oficiales extinguidos y en proceso de extinción.

En este sentido, el Consell de Govern ha autorizado a la UIB a extinguir las enseñanzas oficiales del Máster Universitario en Dirección y Planificación del Turismo, Máster Universitario en Gestión Cultural, Máster Universitario en Ingeniería Electrónica, Máster Universitario en Química Teórica y Modelización Computacional, Máster Universitario en Ingeniería de Telecomunicación, Máster Universitario en Ingeniería Informática, y Máster Universitario en Educación Inclusiva.

Por otra parte, las enseñanzas de Máster Universitario en Lengua y Literatura Catalanas: Conocimiento y Análisis Crítico del Patrimonio Inmaterial, Máster Universitario en Primera Infancia: Perspectivas y Líneas de Intervención, Máster Universitario en Investigación en Salud y Calidad de Vida, y Máster Universitario en Ingeniería Industrial, se encuentran en proceso de extinción.

Igualmente, en el Consell de Govern se ha dado por informado de la presentación por parte de la Fundació per als Estudis Superiors de Música i Arts Escèniques de les Illes Balears (Fesmae-IB) de los planes de actuaciones y presupuestos correspondientes a los ejercicios 2022 y 2023, de acuerdo a las condiciones previstas en el artículo 17 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de Baleares y el artículo 26.1 de los Estatutos de la Fundación.


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