PALMA, 22 (EUROPA PRESS)
El Consell de Govern ha aprobado este lunes el proyecto de decreto por el que se regula el transporte escolar en los centros educativos públicos y en los centros de educación especial sostenidos con fondos públicos.
Según ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consell de Govern el portavoz del Ejecutivo, Iago Negueruela, el decreto forma parte del conjunto de normativa que desarrolla la Ley de Educación que establece, en la exposición de motivos, la exigencia de adoptar iniciativas para avanzar hacia una educación de más calidad, que atienda las desigualdades y consolide una oferta formativa atractiva.
Por este motivo, ha añadido, se considera oportuno incluir en el uso del transporte al alumnado de los ciclos formativos de grado básico de formación profesional, ampliarlo al alumnado del segundo ciclo de educación infantil de los centros docentes públicos y a los alumnos escolarizados en centros concertados de educación especial.
También constituye una finalidad de este Decreto posibilitar un marco que facilite el transporte para el alumnado de las enseñanzas postobligatorias que deban escolarizarse fuera de su municipio de residencia en un centro público ordinario.
Las modalidades que prevé el borrador son rutas de transporte escolar como las que existen actualmente; convenios de colaboración con consells insulares, entidades locales y asociaciones de familias, y ayudas al transporte escolar.
En el caso del alumnado de 3 a 6 años supondrá ampliar las plazas de las licitaciones de las rutas de transporte escolares habituales, por lo tanto, será efectiva a partir de la finalización de los contratos vigentes.
En el caso del alumnado postobligatorio se producen diferentes escenarios. Por un lado, si hay plazas vacantes en las rutas contratadas para alumnado de nivel obligatorio, cosa que ya sucede, el alumnado de nivel postobligatorio podrá ocuparlas sin coste alguno, aunque el alumnado de nivel obligatorio tendría preferencia.
Por su parte, en los casos en los que existe una necesidad de transporte escolar que no se puede cubrir por líneas regulares o por otras circunstancias autorizadas, se podrán formalizar convenios con los consells insulares, ayuntamientos o mancomunidades de municipios, con la finalidad de ampliar plazas a rutas ya existentes o utilizar otras fórmulas.
Actualmente, se está haciendo en este sentido a modo de propuesta piloto en Sineu, Santanyí, Santa Margalida y Llucmajor, que cuentan con convenios entre la conselleria, ayuntamientos y las asociaciones de familias de los centros.
Las administraciones deben promover actuaciones para facilitar el acceso gratuito al transporte público de los estudiantes postobligatorios a municipios diferentes de su localidad de residencia cuando ésta no dispone de la oferta educativa que cursan.
Excepcionalmente, en casos de imperiosa necesidad, también se podrán formalizar convenios para el transporte de alumnado de educación básica en centros concertados cuando no haya plazas de escolarización públicas en su municipio de residencia y el transporte escolar público cuente con vacantes.
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