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El Consell de Mallorca debatirá nuevamente el jueves la legalización de edificaciones en rústico

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PALMA, 7 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Consell de Mallorca debatirá este jueves una nueva aprobación del procedimiento la legalización extraordinaria de edificaciones, construcciones, instalaciones y usos existentes en suelo rústico fuera de ordenación.

Se trata de desarrollar la disposición séptima de la Ley de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de Baleares, aprobada por el Parlament.

El conseller insular de Territorio, Movilidad e Infraestructuras, Fernando Rubio, ha explicado que este procedimiento debe llevarse nuevamente a aprobación en el Pleno, ya que la disposición adicional séptima ha sido modificada desde que la institución insular aprobó el procedimiento en el mes de junio.

“Los Consells insulares, una vez se ha producido la modificación de la norma respecto al decreto ley anterior, deben aplicar un nuevo régimen jurídico de la Ley de simplificación administrativa y la institución insular considera que es un acuerdo bueno para los intereses de Mallorca”, ha alegado.

Rubio ha recordado que se trata de dar “una solución a las viviendas donde ha prescrito la infracción”, puesto que “no se puede iniciar ningún expediente sancionador y, por tanto, tampoco se pueden demoler”.

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“La ley prevé que se puedan legalizar con una serie de condiciones de carácter energético, paisajístico y el pago de una prestación económica”, ha añadido.

En concreto, entre las condiciones que se exige a los propietarios destaca que se les exigirá un proyecto técnico de legalización, solicitar la licencia y cumplir unas medidas de carácter ambiental que supongan reducir la contaminación lumínica, incrementar la eficiencia energética e instalar sistemas de depuración de agua.

Además, los propietarios que opten a la legalización de una edificación fuera de ordenación deben abonar las tasas correspondientes y una prestación económica a su Ayuntamiento.

“Unos fondos que obligatoriamente deben destinarse a la adquisición, la recuperación, la protección y la gestión sostenible de espacios y de recursos naturales o a la dotación de suelo de patrimonio municipal”, han remarcado.

El Consell ha aclarado que los ayuntamientos deben resolver las solicitudes presentadas entre el 20 de junio –fecha de la primera aprobación por parte del Consell– y el 14 de diciembre de 2024, por lo que no haría falta que los solicitantes vuelvan a presentar las instancias de legalización que ya han presentado. En todo caso, siempre se debe aplicar el procedimiento que les sea más favorable. Asimismo, los ayuntamientos podrán establecer criterios de integración paisajística y de armonización.

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