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Una pareja que conoció a un hombre a través de una red social y posteriormente lo secuestró y asesinó, ha visto cómo se ha confirmado su sentencia de 34 años de prisión por el Tribunal Supremo

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MADRID, 08 (SERVIMEDIA)

La Sala Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las condenas de 34 años de prisión impuestas a una pareja por el secuestro, robo con violencia y asesinato de un hombre al que la mujer acusada había contactado por la red social Badoo en septiembre de 2019.

El alto tribunal desestima íntegramente los recursos de ambos condenados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que ratificó, a su vez, la sentencia de un tribunal del jurado de la Audiencia de Zaragoza.

En esencia, los hechos probados de la sentencia ratificada indican que la mujer acusada contactó por la red social Badoo con la víctima, residente en Getxo (Vizcaya), y le emplazó a una cita el 6 de septiembre de 2019 en la localidad de Zaragoza donde ella vivía con su pareja.

Tras acudir el hombre a la cita, y una vez que la mujer se ganó su confianza, la víctima fue abordada sorpresivamente, reducida e inmovilizada con bridas. Los acusados se apoderaron de sus pertenencias, le golpearon salvajemente y le intimidaron para conseguir las claves de sus tarjetas bancarias (procediendo entre los días 7 a 11 de septiembre a realizar seis extracciones); y así estuvo retenido, sujeto con bridas y sin poder defenderse los días 6, 7 y el 8 de septiembre, en el curso de los cuales, recibió golpes en cabeza y tórax con un objeto contundente, compatibles con una muerte lenta; hasta que en ese día 8 de septiembre, procedieron a desnudar al hombre y le enterraron a continuación, aun estando vivo, pero en un más que probable estado límite de agonía, falleciendo en la fosa donde había sido enterrado.

Los dos acusados ven confirmada la condena por delito de asesinato (25 años de prisión para cada uno), detención ilegal en concurso medial con robo con violencia (seis años), y un delito de estafa (tres años), como consecuencia de haber vendido el vehículo Mercedes con el que la víctima se había desplazado a su cita. Además, deberán pagar solidariamente una indemnización de 185.000 euros al hijo de la víctima, 50.000 euros a sus padres, y 19.000 a sus hermanos, así como 11.000 euros a la víctima de la estafa.

En su sentencia, el Supremo destaca el abundante acervo probatorio de muy alta significación incriminatoria que ha determinado las condenas, así como la motivación del jurado, que supera el criterio de suficiencia que jurisprudencialmente le es exigido.

Para el alto tribunal, la sentencia del Tribunal Superior en su conjunto contiene una elocuente, lógica y racional explicación de la autoría de ambos acusados.


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