MADRID, 29 (SERVIMEDIA)
El presidente del Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, no tendrá que someterse a unas primarias internas en el partido para encabezar la candidatura a las elecciones generales, salvo que lo pida el 30% de la militancia o así lo decida la “mayoría” del Comité Federal.
Así consta en el Reglamento que desarrolla los estatutos del PSOE, que recoge la excepción de que el presidente del Gobierno se someta al escrutinio de las primarias para ser candidato a la reelección salvo que lo pida el máximo órgano del PSOE entre congresos, “la mayoría de sus miembros o más del 30% de la militancia y la afiliación directa”.
En concreto, el artículo 173 establece que “la elección del candidato/a del PSOE a la Presidencia del Gobierno de España, a las presidencias de las comunidades y de las ciudades autónomas, a las presidencias de los cabildos y consejos Insulares, presidencias de juntas generales y las alcaldías de los municipios con más de 20.000 habitantes o que sean capitales de provincia, se realizan mediante elecciones primarias”.
Acto seguido, el 176 amplía que “la elección del candidato/a del PSOE a la Presidencia del Gobierno de España se realiza mediante elecciones primarias abiertas a la ciudadanía”.
No obstante, el 177 contempla las excepciones de que “en aquellos supuestos” en los que las instituciones “estén gobernadas por el PSOE y quien ejerza la Presidencia o Alcaldía sea socialista y opte a la reelección”, solo se procederá a la celebración de elecciones primarias si se cumplen diversos supuestos, que “en el caso de la candidatura a la Presidencia del Gobierno de España” es “cuando lo acuerde el Comité Federal o así lo soliciten la mayoría de sus miembros o más del 30% de la militancia y la afiliación directa”,
- Te recomendamos -