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Lesmes dará cuenta la próxima semana al TS y al CGPJ de un informe sobre su sustitución por el vicepresidente del Supremo

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MADRID, 23 (SERVIMEDIA)

El presidente del Tribunal Supremo (TS) y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, dará cuenta la próxima semana a los miembros de la Sala de Gobierno del alto tribunal y del Pleno del CGPJ de un informe sobre su eventual sustitución en la titularidad de la presidencia de ambas instituciones, defendiendo el nombramiento automático del vicepresidente del TS.

El informe explica que estando el Consejo en funciones no puede proceder a la elección de un nuevo presidente, al tiempo que la vicepresidencia del alto tribunal se encuentra vacante tras el cese por jubilación en octubre de 2019 de su titular, Ángel Juanes.

Desde ese momento, el cargo quedado cubierto de manera interina por el presidente de Sala del Tribunal Supremo más antiguo -actualmente el presidente de la Sala Primera, Francisco Marín Castán-, razón por la cual Lesmes solicitó al gabinete técnico del Consejo un examen de los mecanismos de sustitución en la presidencia del Tribunal Supremo y del CGPJ.

El informe emitido concluye que tanto la Constitución como la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) conciben la presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial como una titularidad conjunta e indisociable, de manera que no sería posible articular vías diferenciadas de sustitución. Es decir que el TS fuera presidido por su vicepresidente o quien ejerza sus funciones y por el vocal de mayor edad en la presidencia del CGPJ.

Excluida de este modo la doble vía de sustitución, confirma que debe hacerse de manera unificada a través de la vicepresidencia del Tribunal Supremo, a cuyo titular la LOPJ atribuye la función de sustituir al presidente.

Además, el informe señala que cualquier sombra de duda sobre este particular queda despejada en la sentencia del Tribunal Constitucional 191/2016, que examinó la constitucionalidad del régimen de sustitución previsto en los artículos 590 y 591.1 de la LOPJ, concluyendo que será el vicepresidente del TS el que asumirá ambas presidencias. Como “opción tal vez no única, pero constitucionalmente inobjetable”.

Asimismo, establece la sustitución y el ejercicio interino del cargo de vicepresidente por el presidente de Sala del Tribunal Supremo más antiguo tras el cese de Juanes tuvo lugar ‘ope legis’ (en virtud de la ley) y sin necesidad de acto o acuerdo alguno en atención a la regla establecida en el artículo 208.1 LOPJ.

Esto supone que el sustituto ejerce en funciones el cargo y, por consiguiente, ejerce interinamente todas las funciones del mismo, incluida la función de sustitución de la Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial prevista en los artículos 590 y 591.1 de la LOPJ.

Además, la sustitución del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial por quien ejerce interinamente las funciones de vicepresidente del Tribunal Supremo tiene lugar de manera automática, sin necesidad de acto o acuerdo alguno. Por tanto, queda al margen de la la limitación de atribuciones del Consejo en funciones establecida por la Ley Orgánica 4/2021.

Lesmes dará cuenta del informe a los miembros de la Sala de Gobierno del alto tribunal en la sesión que este órgano celebrará el próximo lunes 26 y a los vocales del CGPJ durante el Pleno ordinario señalado para el próximo jueves 29.


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