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La ponencia de reforma de la ley del “sólo sí es sí” ha sido enriquecida por cinco nuevas enmiendas incluidas por el PP

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MADRID, 17 (SERVIMEDIA)

El Partido Popular informó este lunes de que logró introducir cinco enmiendas, tres vía transacción con el PSOE, en el informe de la ponencia para rectificar la ley del ‘sólo sí es sí’ y que fue aprobado con los votos de esta formación, el PSOE, Ciudadanos y PNV, además de contar con la abstención de Junts y el rechazo de Vox, Podemos, Bildu y ERC.

Según trasladó el partido de Alberto Núñez Feijóo, entre las enmiendas aceptadas por el PSOE destacan las relativas a “corregir la destipificación del delito de trato degradante en relación con la responsabilidad de las personas jurídicas, y el relativo a la difusión por cualquier tecnología de la información de contenidos destinados a promover la comisión de agresiones sexuales cuando se trate de menores de 16 años”.

En todo caso, el Grupo Parlamentario Popular aseguró que va a “seguir trabajando en la búsqueda de acuerdos y de la mayor claridad del texto hasta su votación definitiva en el Pleno del próximo jueves” en el Congreso de los Diputados.

Concretamente, el PP explicó que en el informe de la Ponencia se incluyó la enmienda 57, “que elimina la remisión a los tres apartados anteriores del artículo 173, ya que esa remisión no era válida al haberse modificado la redacción de este artículo a través de la modificación de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, que incorporó un nuevo apartado con el delito de ocultación de cadáver, desplazando los párrafos de la redacción previa de ese artículo 173”.

Con ello, “se generó que el delito de trato degradante en relación con la responsabilidad de las personas jurídicas quedara sin cobertura típica en el Código Penal” y “con esta enmienda se subsana”, resaltaron desde el principal partido de la oposición.

Igualmente, se incorporó la enmienda 64, con lo cual el PP señaló que “se corrige la destipificación de la distribución o difusión pública a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información o de la comunicación de contenidos específicamente destinados a promover, fomentar o incitar a la comisión de los delitos de agresiones sexuales cuando se trate de menores de 16 años.

“Esta destipificación tuvo lugar al haberse omitido la referencia al capítulo II, que sustituye al II bis, suprimido por la Ley Orgánica 10/2022”, resaltó el PP.

Asimismo, el PP informó de la aprobación de tres modificaciones por medio de transacciones entre el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Popular. Con respecto al artículo 178, en lo que atañe a la enmienda 58, “desaparece del apartado 2 la expresión ‘a los efectos del apartado anterior’ para evitar distintas interpretaciones que pudieran darse sobre la atribución de penas, con una horquilla de uno a cuatro años en el párrafo primero, y de uno a cinco años en el tercer párrafo de la proposición de ley del Grupo Socialista”.

Así, el PP dijo que “las primeras corresponden al tipo básico de agresiones sexuales”, mientras que “las segundas, a las agresiones sexuales en las que exista violencia o intimidación, o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier caso su voluntad”.

En el artículo 181, en lo referente a la enmienda 62, se acordó sustituir la palabra ‘circunstancias’ del apartado 2 del artículo 181 del Código Penal por “modalidades” para “que no se produzca error con las circunstancias agravantes del apartado 5”.

Con la transaccional a la enmienda 56 del Grupo Parlamentario Popular, se introdujeron dos nuevos párrafos en el apartado I de la Exposición de Motivos “en coherencia con las dos enmiendas incorporadas”.


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