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La pareja enfrenta una petición de seis años de la Fiscalía por haber aislado a un familiar y haberle dado un trato considerado como “vejatorio”

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MADRID, 11 (SERVIMEDIA)

La Fiscalía provincial de Madrid solicita seis años de prisión para A. S. P. y L. A. L. C., una pareja que obligó a un familiar a trasladarse desde su residencia de Grado (Asturias) a su domicilio de Madrid donde estuvo aislada de forma “sistemática” durante varios meses, y hasta su fallecimiento, a la que sometieron a un trato “absolutamente vejatorio” privándola de los cuidados y atenciones más básicos.

El representante del Ministerio Público les imputa un delito contra la integridad moral y otro continuado de administración desleal. El 28 de junio de 2021 la mujer falleció en el domicilio de los acusados sin que haya podido determinarse la causa de su muerte.

El escrito de acusación relata que el 8 de marzo de 2021, la pareja acudió al domicilio en el que residía la tía de la mujer y, una vez allí, lograron convencerla para que les acompañara a su residencia, en el municipio de Rivas-Vaciamadrid. “Para ello, le hicieron creer que precisaban su ayuda para el cuidado de sus hijos y que solamente pasaría fuera de su casa unos pocos días”

Una vez en la vivienda, ambos procedieron a aislar su víctima de manera “sistemática”. La mantuvieron apartada de sus hermanos y sobrinos, que se encontraban todos ellos en el Principado de Asturias, y le impidieron mantener contacto telefónico con ellos, “a pesar de que los mismos trataron de manera reiterada de comunicarse con ella”. La pareja se valió incluso del hecho de que la tía de A. S. P. se encontrara fuera de su entorno habitual y del deterioro cognitivo que padecía, cuya gravedad aumentó de manera “fulminante“ desde su traslado a Rivas-Vaciamadrid.

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Además de mantenerla incomunicada, A. S. P. y L. A. L. C. la sometieron a un trato “absolutamente vejatorio”, privándola de los cuidados y atenciones más básicos. A lo largo de los cuatro meses que convivió con los acusados, ni tan siquiera le suministraron la medicación según la tenía pautada. Es más, cuando dejó de poder desplazarse le negaron la atención necesaria para su “adecuada” higiene y aseo.

Tampoco le proporcionaron un andador, ni una silla de ruedas cuando se hizo preciso. Pero es que incluso, durante dicho período de tiempo, la pareja mantuvo frecuentes discusiones con ella, “y a veces a gritos”. Aunque la víctima apenas salía de la casa, un día, los acusados organizaron la celebración del cumpleaños del hijo de su tía en un parque de atracciones. Mientras el resto de la familia pasaba el día en el parque temático, los acusados le dejaron en un restaurante y allí permaneció durante nueve horas “pese a ser plenamente conscientes de sus limitaciones cognitivas y haciendo caso omiso de las llamadas que recibieron de los trabajadores del establecimiento y de la Policía Local”.

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Los acusados llevaron este tipo de conductas con la mujer con la finalidad de lograr el control del dinero de su cuenta corriente porque lo necesitaban para mantener su ritmo de vida y soportar importantes gastos mensuales “sin efectuar actividad laboral alguna y detentar ninguna fuente de ingresos para sostener tales gastos”. Así, el día 7 de mayo de 2021 llevaron a la tía de A. S. P. a una notaría donde revocaron su testamento anterior, en el que había instituido heredera a su madre, y designaron heredera de todos sus bienes, a excepción de dos fincas rústicas, a su sobrina. Tres semanas más tarde regresaron a la notaria donde la víctima concedió en escritura pública a su sobrina un poder especial para disponer de su dinero.

Cuando se dieron cuenta de aquel poder notarial era insuficiente para realizar todas las gestiones que querían hacer, lo intentaron con otro notario quien, al igual que el anterior, también se opuso a sus pretensiones. Así que haciendo uso del primer poder otorgado, ambos lograron acceder a la cuenta corriente que tenía la mujer con un saldo de 60.884,10 euros y fueron incorporando el montante de la cuenta a su propio patrimonio hasta hacerse con 19.400,60 euros en total.

Además de estos hechos, entre mayo y junio de 2021 los acusados contactaron con varias empresas dedicadas al cuidado de personas mayores a fin de encomendarles “aparentemente” el de la tía de la acusada. A mediados de mayo de 2021 hablaron con la empresa Feliz Vita para que les remitiera una persona que se encargara del cuidado de la víctima De esta forma, la empresa envió a la también acusada A. E. V. E. , para quien el fiscal pide dos años y seis por un delito contra la integridad moral, al domicilio de A. S. P. y L. A. L. C.. Desde que comenzó a acudir a la referida vivienda, A. E. V. E, apreció “la total negligencia y dejadez” que la pareja mostraba en el cuidado de su pariente y así lo puso de manifiesto a los responsables de la empresa.

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No obstante, cuando estos recriminaron a A. S. P. por las condiciones inadmisibles en las que su tía se encontraba y la requirieron para que las solventara, esta procedió a resolver el contrato con la empresa y a contratar directamente a A. E. V. E., “abonándole una cantidad muy superior a la que esta cobraba trabajando para la mencionada agencia”. Desde ese momento, la acusada decidió continuar trabajando para la pareja. ”Ello a pesar de ser totalmente consciente del deplorable estado en el que se hallaba (…), y de la manera en la que estos esquilmaban su patrimonio”. A cambio, de su complicidad le abonaron 3.600 euros durante el mes de junio y 2.700 euros en julio de 2021.


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