MADRID, 18 (SERVIMEDIA)
La Sala de lo Social del TSJ de La Rioja (TSJR) ha dado la razón a una empleada de Primark y resuelve que su baja laboral por limitación funcional del hombro (omalgia) fue causada por accidente laboral y no por enfermedad.
El Tribunal revoca el fallo del Juzgado Social número 3 de Logroño que absolvió a la empresa de responsabilidad. La trabajadora, dependienta de una tienda de Primark, intentó abrir una caja cuando notó un tirón seguido de dolor en el hombro derecho que, con el tiempo, le bajó hasta la palma de la mano. A consecuencia de ello, estuvo de baja temporal por omalgia durante seis meses.
La Sala de lo Social disiente del parecer del Juzgado de instancia, pues afirma que, el origen de la baja litigiosa es un accidente de trabajo. “Ello es así, por cuanto, ha sido el suceso externo en el trabajo (esfuerzo realizado con la extremidad superior derecha al abrir una caja con un cúter) constitutivo del accidente laboral el mecanismo desencadenante de que esa patología de etiología común a nivel de hombro que en ese momento no producía sintomatología, debutase con una clínica dolorosa hasta entonces inexistente que se fue intensificando progresivamente hasta resultar escasos días después impeditiva para el desempeño del servicio activo”.
Los magistrados indican que el hecho de que la trabajadora viera antecedentes de asistencia médica por patología en su hombro, “no altera la anterior conclusión”, pues fue un “sobreesfuerzo en el trabajo el detonante de la aparición de ese cuadro doloroso y de limitación funcional en el hombro derecho con entidad incapacitante”.
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