MADRID, 30 (SERVIMEDIA)
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha decidido archivar las diligencias de investigación preprocesal incoadas tras la denuncia presentada por la Asociación Dignidad y Justicia contra el líder de EH-Bildu, Arnaldo Otegi, por la comisión de actos terroristas entre los años 1978 y 1983.
En fecha 18 de octubre de 2023, Daniel Portero presentó una denuncia en nombre de Dignidad y Justicia en la Fiscalía de la Audiencia Nacional en relación a distintas noticias aparecidas en el diario ‘El Mundo’ y que, según su relato, incriminarían a Otegi en la comisión de distintos hechos delictivos de naturaleza terrorista, comprendidos entre los años 1978 y 1983.
Analizados los hechos de la denuncia y tras ser revisados los procedimientos correspondientes, el Ministerio Público concluye que los hechos denunciados están prescritos o son ya cosa juzgada.
El punto 4.7.5 de la Circular 2/2022, de 20 de diciembre, de la Fiscalía General del Estado, sobre la actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal en el ámbito de la investigación penal, dispone que tras la práctica de las diligencias de investigación que hayan sido necesarias, los fiscales acordarán la conclusión y archivo de las actuaciones, sin remisión al órgano judicial, cuando aprecien la concurrencia de una causa de extinción de la responsabilidad criminal (artículo 130 del Código Penal).
En concreto, el artículo 130.5 del Código Penal prevé la prescripción del delito como causa de extinción de la responsabilidad criminal. Por su parte, la cosa juzgada, en virtud el principio ‘non bis in idem’, supone la imposibilidad de volver a juzgar y sentenciar sobre el mismo hecho y la misma persona.
- Te recomendamos -