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La Audiencia Nacional no permite que el tiempo de traducción de documentos de Suiza en el caso de Tsunami cuente como una prórroga

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MADRID, 24 (SERVIMEDIA)

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha desestimado la solicitud de la Asociación Dignidad y Justicia (DyJ) para que el tiempo empleado en traducir al español un documento francés enviado por las autoridades suizas en la causa de Tsunami Democratic no fuera computado dentro del plazo de instrucción y, por tanto, la finalización de la prórroga de las actuaciones no debía terminar el 29 de julio de 2021, como entendió la Sala, lo que llevó al magistrado instructor a archivar el procedimiento por haberlo prorrogado fuera de plazo.

Dignidad y Justicia había solicitado a la Sala un complemento del auto del pasado 8 de abril en el que consideró que la prórroga de este procedimiento acordada por el magistrado instructor, Manuel García-Castellón, se había dictado fuera de plazo.

Para esta Asociación, durante el tiempo empleado en traducir al español un documento francés aportado a las actuaciones, el plazo de instrucción que estaba corriendo en esta causa debía considerarse suspendido, por lo que su finalización no debía considerarse producida el 29 de julio de 2021, sino una vez transcurridos, a partir de esa fecha, los días empleados en realizar dicha traducción.

Los magistrados de la Sección Tercera, en un auto, señalan que la petición de DyJ no se trata de una omisión cuya subsanación sea necesaria llevar plenamente a efecto en esta resolución, si bien considera oportuno pronunciarse al respecto a fin de preservar su derecho a la tutela judicial efectiva.

Explican que la normativa europea configura la traducción de los documentos como un derecho de los imputados o acusados que no entiendan el idioma del documento en cuestión y otorgan ese derecho únicamente a los imputados o acusados, no a las demás partes procesales y no lo extienden a todos los documentos, sino solamente a los que sean esenciales para garantizar el derecho de defensa.

Como consecuencia de ello, explica el Tribunal, la suspensión solamente podrá deducirse durante la traducción de documentos cuyo idioma desconozca el imputado o acusado, que considere esenciales para su defensa y aplicarse a plazos cuya no interrupción pudiera menoscabar ese derecho de defensa del imputado o acusado.

“La suspensión por causa de la traducción de documentos no esenciales o de una instrucción cuya finalización en el plazo máximo establecido en el artículo 324 o en el de alguna de sus prorrogas acordadas, no afecte el derecho de defensa del imputado sería contraria a los fines perseguidos por la Directiva 2010/64/UE y los artículos 123 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que la transponen”, explica.

En este sentido, argumenta la Sala que ninguna de las condiciones que ampararían la suspensión del plazo de instrucción se da en el presente caso, ya que el juzgado no acordó la suspensión del plazo de instrucción al ordenar la traducción del único documento que se especificó por Dignidad y Justicia en sus alegaciones a los recursos de apelación, si bien, aclara, “tampoco era procedente”.

Así, afirma que dado que la solicitud de auxilio judicial fue denegada y no se practicó por las autoridades de Suiza ninguna diligencia, es “evidente” la irrelevancia de dicho documento para el derecho de defensa de los imputados, quienes no habían solicitado la comisión rogatoria y a los que ni siquiera les fue notificada la respuesta pues cuando esta se produjo las actuaciones estaban secretas y lo siguieron estando tras la traducción. Una vez alzado el secreto, continúa el auto, el 29 de julio de 2021, fecha de fin del plazo de instrucción, no consta que las defensas hicieran alegación alguna sobre la posible afectación de derechos por la respuesta de la comisión rogatoria. Así lo pone de manifiesto el hecho de que los investigados Alay y Molina, considerasen concluida la instrucción el 29 de julio de 2021. “De manera inequívoca estaban oponiéndose a la apreciación de cualquier suspensión de ese plazo”, concluye.


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