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La Audiencia de Badajoz respalda continuar investigando a David Sánchez y al ex empleado de Moncloa que le llamaba “hermanito”

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MADRID, 28 (SERVIMEDIA)

La Audiencia Provincial de Badajoz ha avalado continuar con la investigación sobre David Sánchez y sus vínculos con Luis María Carrero Pérez, un antiguo trabajador de Moncloa que se refería a él en sus comunicaciones como “hermanito”, al ser hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

En un auto al que ha tenido acceso Servimedia, se desestima el recurso de apelación presentado por Alejandro Cardenal Guijarro, Félix González Márquez y Cristina Núñez Fernández contra la resolución del 29 de enero de la jueza Beatriz Biedma de practicar nuevas diligencias.

Los magistrados rechazan que se trate de una “investigación prospectiva” y consideran que hay elementos suficientes para continuar indagando sobre presuntos delitos contra la Administración pública en el proceso de creación y adjudicación del puesto de Coordinador de Actividades de los Conservatorios, que logró el hermano del presidente.

El tribunal señala que “no estamos ante una medida adoptada solo a instancias de recortes de prensa”, sino que se basa también en “la documentación aportada a la causa por la Diputación”, además de declaraciones de investigados, testigos y correos electrónicos incautados.

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La sala considera que es “prematuro” acordar el sobreseimiento solicitado por algunas de las defensas, ya que la instrucción “se encuentra en pleno desarrollo” con múltiples diligencias pendientes de practicar.

NUEVAS DILIGENCIAS AVALADAS

Entre las diligencias acordadas por la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz y avaladas ahora está requerir a la Diputación documentación sobre la creación de la Jefatura de Servicio de Coordinación y Gestión Administrativa de los Conservatorios de Música, así como información al Teatro Real de Madrid sobre contratos con David Sánchez.

Además, se solicitaba a la Presidencia del Gobierno que a la “mayor brevedad” informara sobre los puestos y contratos de Luis María Carrero, que trabajó en Moncloa y luego se incorporó a la Diputación pacense. Este exempleado del Gobierno central se refería en sus comunicaciones al hermano del presidente como “hermanito”.

Los magistrados también respaldan la citación como testigos de Álvaro Jaén Barbado, ex secretario general de Podemos que denunció la creación del puesto en 2017, y Francisco Serrano Murillo, representante sindical que se opuso a la plaza.

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Se sostiene que estas diligencias son necesarias para “determinar las funciones del puesto y su relevancia” en relación con los hechos investigados, descartando que supongan una vulneración de derechos fundamentales.

FILTRACIONES Y SECRETO

El auto también aborda las quejas de las defensas sobre las filtraciones del caso, aunque señala que no puede pronunciarse sobre medidas para evitarlas al no ser objeto directo del recurso presentado.

Los magistrados recuerdan que el juzgado instructor ya ha adoptado algunas medidas como establecer “publicidad restringida” para las grabaciones de declaraciones, que se custodiarán en pieza separada.

La resolución destaca que la investigación debe continuar para esclarecer los presuntos delitos contra la Administración Pública, sin que la desaparición de otras imputaciones iniciales, como un posible fraude tributario, afecte al objeto principal de las pesquisas.

CONTINUACIÓN DE LA CAUSA

El tribunal enfatiza que el sobreseimiento solo procedería cuando de forma “diáfana” exista una “insuficiencia indiciaria clara”, lo que no ocurre en este caso donde hay numerosas diligencias pendientes.

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Se subraya que en esta fase de instrucción “no se enjuicia nada, solo se investiga”, por lo que las valoraciones realizadas no vulneran la presunción de inocencia de los investigados.

La Audiencia recuerda que la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite el sobreseimiento en fase de diligencias previas, pero solo cuando de manera “patente, clara, inobjetable o incontrovertible” los hechos no encajen en ningún tipo penal. El auto concluye que resulta “inapropiado” en este momento un sobreseimiento de las actuaciones, dado que restan por practicar “numerosas diligencias” y no se ha completado la instrucción necesaria para tomar esa decisión.


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