MADRID, 10 (SERVIMEDIA)
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha decidido unificar bajo una única representación legal, que dirigirá Hazte Oír, a todas las acusaciones populares personadas en el ‘caso hidrocarburos’, que incluyen también a PP, PSOE y las asociaciones Hazte Oír y Liberum.
En un auto conocido este lunes, Pedraz argumenta que su decisión se fundamenta en el artículo 113 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y busca evitar dilaciones indebidas en el procedimiento.
El magistrado argumenta que a priori la “incompatibilidad de intereses” de las acusaciones populares resulta “injustificado y prematuro”, ya que el único interés que ostentan es “el ejercicio de la acción penal en sostenimiento de la administración de Justicia”.
El instructor destaca que ninguna formación política puede alegar “intereses particulares” por el hecho de ser un partido, pues la acusación popular tiene como “única finalidad legítima” la de “procurar la actuación eficaz de la Justicia”.
La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece como prioritaria la unificación de actores jurídicos, permitiendo al juez imponer que las acusaciones se agrupen bajo una única representación y defensa.
SACRIFICAR LOS “PERSONALISMOS”
El magistrado señala que para rechazar esta unificación deberían alegarse “motivos concretos y hechos impeditivos del ejercicio de defensa” y no “meras alegaciones genéricas y anticipadas de la imposibilidad de verificarlo”.
La representación legal unificada recae en la procuradora María Esmeralda González García del Río y el abogado Javier María Pérez Roldán, correspondientes a Hazte Oír por ser la primera acusación personada en octubre de 2024.
El auto establece que las acusaciones populares deben sacrificar los “personalismos” que puedan hacerlas divergir en favor de la “confluencia en la defensa del único interés” que se les reconoce, que es la defensa del interés público. El juez Pedraz enfatiza que esta figura de participación en el proceso penal tiene un carácter “genérico” y no individualizado.
La resolución determina que los intereses particulares deben quedar “al margen” de la acusación, por lo que es posible la unificación bajo una misma dirección letrada, aunque las partes tengan “intereses personales dispares”.
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