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El Tribunal Constitucional debatirá en pleno el recurso presentado por Puigdemont contra la orden de detención en su contra

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MADRID, 12 (SERVIMEDIA)

El Tribunal Constitucional (TC) revisará la decisión de la Sección de Vacaciones de no admitir a trámite el recurso de Carles Puigdemont contra la orden de detención nacional dictada por el instructor de la causa del ‘procés’ en el Tribunal Supremo, dado que el Pleno aprobó este martes la avocación del recurso de amparo interpuesto por el expresidente catalán, mientas que en otro Pleno diferente se resolverá el recurso de súplica que presentó la Fiscalía contra la decisión de la Sección de Vacaciones que inadmitió el recurso del expresidente catalán.

El presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, ha decidido apartarse del proceso, tal y como ha hecho hasta ahora en los asuntos que tenían que ver con el ‘procés’, tras haber sido recursado por Oriol Junqueras y otros líderes independentistas por entender que no era imparcial por las opiniones que expresó en una conferencia sobre el soberanismo en otoño de 2017.

El Pleno ha designado ponente al magistrado progresista Juan Carlos Campo y ha acordado tratar el asunto tras las peticiones formuladas por varios de sus miembros. La Sala de Vacaciones del Constitucional decidió inadmitir el recurso, pero han sido varios magistrados los que han pedido que sea el Pleno el que se pronuncie, como ha venido haciendo con los recursos sobre el ‘procés’. Además, la Fiscalía presentó un recurso de amparo por considerar que la decisión no cumplía el requisito de urgencia y, por tanto, debió dejarse para decisión del Pleno.

El instructor de la causa del ‘procés’ dictó orden nacional de detención contra Puigdemont y contra su exconseller Toni Comín por los delitos de desobediencia y malversación en junio pasado, después de la reforma del Código Penal que supuso la supresión del delito de sedición.

La Sala de Vacaciones, compuesta por dos magistrados conservadores y una progresista, tomó la decisión de inadmitir el recurso al no apreciar elementos de vulneración de los derechos fundamentales de los recurrentes.

La magistrada, Laura Díez, emitió un voto particular discrepante en el que rechazaba los argumentos de urgencia para tomar la decisión y recordaba que hasta ese momento, todos los recursos relacionados con el proceso independentista se habían adoptado en Pleno. La Fiscalía recurrió esgrimiendo similares razones.


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