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El Supremo condena a 14 años y tres meses de prisión a un empresario por comercializar gasóleo adulterado

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MADRID, 22 (SERVIMEDIA)

El Tribunal Supremo ha condenado a 14 años y tres meses de prisión y al pago de multas por importe superior a los ocho millones de euros al empresario almeriense Emilio T.M., que se dedicaba a comercializar gasóleo adulterado, por delitos de blanqueo de capitales, falsedad en documental mercantil continuado y cuatro delitos contra la Hacienda Pública.

El Supremo estima parcialmente el recurso del empresario contra la sentencia de la Audiencia de Almería, de 8 de enero de 2021, que le condenó a 15 años y tres meses de prisión, en el único sentido de no considerar como continuado el delito de blanqueo, por lo que reduce la pena por dicho delito de cuatro a tres años de prisión. El resto de penas por los otros delitos, así como las indemnizaciones fijadas por la Audiencia de Almería, se mantienen, lo mismo que la multa de cuatro millones de euros por el delito de blanqueo.

Entre los hechos probados de la sentencia, se destaca que el empresario realizó “una serie de actividades para conseguir beneficios ilícitos a consta de la Agencia Tributaria. Para conseguir sus ilícitos fines el acusado se ha válido también de personas jurídicas de naturaleza mercantil que bien ha creado a tales propósitos o se ha servido de las mismas”.

“El principal método de actuación del acusado, actuando directamente él, y valiéndose de las otras personas ya juzgadas, era el de adquirir aceites exentos de tributación si se destinaban al comercio intracomunitario, y mezclarlos con gasóleo, y el producto resultante, una mezcla con 25% aproximado de aceite y el 75% de gasoil, venderlos a Estaciones de Servicio y de Transportes como si de gasoil se tratara, producto este sometido entre otros al Impuesto Especial de Hidrocarburos si el destino final es en España”, según el relato de hechos probados.


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