MADRID, 29 (SERVIMEDIA)
El PSOE ha interpuesto un recurso de amparo electoral ante el Tribunal Constitucional para que se recuenten los votos declarados nulos en la provincia de Madrid en las elecciones generales del pasado 23 de julio.
En el recurso, los socialistas alegan vulneración de derechos fundamentales para que el Constitucional revise la decisión del Tribunal Supremo de no acceder al estudio de todos los votos declarados nulos en Madrid el 23-J.
La formación que lidera el presidente en funciones, Pedro Sánchez, inició esta batalla legal después de que el recuento en Madrid de los sufragios de los españoles en el exterior restara al PSOE un escaño en favor del PP. La pérdida de este diputado hace que Sánchez necesite el voto favorable y no la simple abstención de Junts en una eventual investidura.
En su recurso, los socialistas consideran que se ha vulnerado el derecho fundamental al sufragio pasivo y el derecho fundamental de acceso en condiciones de igualdad a los cargos públicos electivos, contenidos en el artículo 53.1 de la Constitución.
El recurso se interpone contra la sentencia número 1105/2023, de 25 de agosto, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, que desestimó el recurso contencioso electoral interpuesto por el PSOE, Cristina Pavón López y Javier Rodríguez Palacios contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid en el proceso electoral del 23-J.
QUEJA DE INTERVENTORES
El PSOE alega que la Junta Electoral de Madrid vulneró sus derechos fundamentales al no permitir la revisión de los votos nulos en todas las secciones y mesas de la Comunidad de Madrid, y al no permitir la apertura de todos los votos nulos que consten en los llamados “sobres número 1”.
Los hechos que motivan el recurso se refieren a la celebración de las elecciones del 23-J en la circunscripción de Madrid. El PSOE solicita la revisión de los votos nulos en todas las secciones y mesas de esta provincia, así como la apertura de todos los votos nulos que consten en los “sobres número 1”.
La Junta de Madrid denegó la petición del PSOE y decidió continuar el escrutinio general, únicamente revisando las mesas y secciones en las que las candidaturas habían detectado diferencias respecto de los datos trasladados. También se decidió revisar exclusivamente de los votos nulos allí donde constara protesta de los representantes de las candidaturas en las mesas.
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