MADRID, 09 (SERVIMEDIA)
El Tribunal Constitucional (TC) estudiará la próxima semana, en su primer Pleno de 2024, los recursos presentados por el líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, y el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez.
El primero va contra la sentencia del Supremo que ordenó repetir el juicio por la constitución de Bateragune, una vez que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenara a España por la pérdida de imparcialidad de una magistrada. El de Rodríguez va contra la multa que se tradujo en la pérdida de su escaño en el Congreso de los Diputados.
La propuesta de resolución del magistrado Juan Carlos Campo es favorable a estimar el recurso de Otegi. El magistrado asume el criterio del fiscal para apoyar que Otegi no tenga que someterse a un nuevo juicio después de que el TEDH le diera la razón y condenara a España por haber formado parte del tribunal que le juzgó una magistrada que consideró parcial.
La propuesta de Campo estima que volver a sentar en el banquillo a Otegi sería tanto como vulnerar su derecho a la tutela judicial efectiva, ya que sería tanto como saltarse el principio de ‘non bis in idem’, que prohíbe juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos.
En el año 2011 la Audiencia Nacional condenó a Arnaldo Otegi a diez años de prisión por un delito de integración en organización terrorista en grado de dirigente por tratar de reconstruir la ilegalizada Batasuna. Un año después, el Tribunal Supremo rebajó a seis años y medio al no considerar acreditado que Otegi tuviera la condición de “dirigente” de Bateragune.
El dirigente abertzale recurrió esta condena ante el Tribunal Constitucional, primero, y después ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), argumentando que no fue juzgado por un tribunal imparcial en la Audiencia Nacional.
Otegi argumentó ante la justicia europea que la magistrada Ángela Murillo había mostrado su parcialidad en un juicio anterior por enaltecimiento del terrorismo, del que acabó siendo apartada. Su defensa esgrimía que Murillo no debió presidir el juicio del ‘caso Bateragune’.
En el año 2018, el, TEDH le dio la razón y condenó a España por la vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Otegi pidió al Supremo que revisara su sentencia, aun cuando ya había cumplido la pena. En 2020, el Alto Tribunal anuló la sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional y retrotrajo las actuaciones al momento anterior al juicio ordenando que se repitiese la vista oral.
También hay una propuesta favorable en el caso de Alberto Rodríguez y podría estimarse su recurso por vulneración del principio de legalidad, un criterio que comparte la mayoría de los miembros del TC.
No es la primera vez que Rodríguez presenta recurso ante el Constitucional, que ya estudió su caso y se mostró favorable a concederle el amparo, aunque los miembros del TC no compartían la argumentación para concederlo. Mientras que una parte de los magistrados consideraba desproporcionada la pena que con una multa de mes y medio le supuso la pérdida del escaño, otro grupo consideraba que se había vulnerado el principio de legalidad con su condena.
La ponencia que se someterá al Pleno de la semana próxima opta por el criterio de la vulneración del principio de legalidad, que era la que más apoyos tenía en la anterior reunión y, por tanto, es previsible que salga adelante.
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