MADRID, 29 (SERVIMEDIA)
El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra un total de diez personas en una pieza separada del caso de los ERE sobre presuntas irregularidades en las ayudas que la Junta de Andalucía habría concedido entre los años 2001 y 2010 por un importe total de 100.660.167,79 euros a la mercantil Santana Motor S.A.
En un auto notificado este jueves a las partes, el magistrado toma esta decisión “por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos” de presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental, dando traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación.
De este modo, el juez acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, como presuntos responsables penales, contra un total de cinco personas: el que fuera consejero delegado de Santana Motor; el director de Recursos Humanos de la empresa, el apoderado de la Sociedad para el Desarrollo de Componentes S.L. y de la Sociedad Útiles del Sur S.L.; un abogado, y el responsable de una mediadora.
Asimismo, el instructor continúa el procedimiento contra cinco directivos de la mercantil en calidad de partícipes a título lucrativo, y ello porque, “a consecuencia de las ayudas ilícitas objeto de la presente causa, tales directivos de Santana Motor se habrían visto clara y directamente beneficiados al obtener injustamente una remuneración o gratificación extraordinaria que habría sido objeto de una administración desleal de fondos públicos determinante de la ilicitud de la causa negocial de las pólizas de seguro por ellos suscritas e ilícitamente financiadas”.
El juez archiva la causa contra cuatro exaltos cargos de la Junta que tenían la condición de investigados en este procedimiento. Se trata en concreto los exconsejeros José Antonio V., Antonio F. y Francisco V., y el exviceconsejero Agustín B. Así, archiva la causa contra Agustín B. y Francisco V. al aplicar en ambos casos el principio ‘non bis in idem’, que impide un doble enjuiciamiento en relación a unos mismos hechos delictivos y todos ellos ya fueron enjuiciados en la pieza del procedimiento específico.
Igualmente queda archivada la causa para José Antonio V. y Antonio F. por prescripción de los delitos y no por aplicación del principio ‘non bis in idem’, puesto que en su caso el juez considera que se les atribuyen hechos distintos a los enjuiciados en el procedimiento específico.
En este punto, el magistrado explica de entrada que esa condición de investigados “se habría fundamentado en que parte de los pagos de las ayudas objeto de autos no estarían incluidos dentro del periodo de imputación en la causa del procedimiento específico con cargo a la partida presupuestaria 31-L, por lo que parte de la mecánica delictiva investigada no habría de estar incluida en el enjuiciamiento a que aquéllos fueron sometidos” en relación a dicho procedimiento específico.
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