MADRID, 21 (SERVIMEDIA)
El Gobierno tiene de plazo hasta mediados de mayo para prorrogar hasta el año 2028 la suspensión de desahucios a deudores hipotecarios vulnerables que pactó con Podemos para que la formación votase a favor de convalidar el decreto anticrisis en el pleno del Congreso de los Diputados.
Durante la negociación, el Ejecutivo aceptó tramitar la norma como proyecto de ley y será en esa tramitación en la que se incorporará la prórroga pactada con Podemos, así como la rebaja del 4% al 0% del IVA del aceite acordada con Junts.
Según trasladan fuentes de Podemos a Servimedia, la prórroga de la suspensión de los desahucios se articulará a través de una modificación de la Ley 1/2013, que fue aprobada bajo el Gobierno de Mariano Rajoy y que ha sido modificada en varias ocasiones para extender las suspensiones, la última vez en 2020.
Desde la formación señalan que la medida “caducaba este año” y que el Gobierno había adquirido el compromiso de tramitar el decreto con la modificación de la norma como proyecto de ley “en un plazo máximo de seis meses”. Sin embargo, la ley que se modificará entró en vigor el 15 de mayo de 2013 y ya en la última prórroga se especificaba en la exposición de motivos que la suspensión se extendería “hasta mayo de 2024”.
“Hasta transcurridos once años desde la entrada en vigor de esta Ley, no procederá el lanzamiento cuando en un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria se hubiera adjudicado al acreedor, o a cualquier otra persona física o jurídica la vivienda habitual de personas que se encuentren en los supuestos de especial vulnerabilidad y en las circunstancias económicas previstas en este artículo”, dice textualmente el articulado.
Por tanto, si el Ejecutivo quiere cumplir el acuerdo con la formación de Ione Belarra deberá aprobar el decreto anticrisis como proyecto de ley antes de esa fecha. De lo contrario, decaería una protección que lleva en vigor más de una década.
La norma protege de los desahucios a las familias numerosas, las monoparentales con un hijo a cargo, con menores de edad, con algún miembro con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, situación de dependencia o incapacidad permanente. También a aquellas en las que el deudor se encuentre en situación de desempleo, con víctimas de violencia de género o mayores de 60 años.
No obstante, la ley marca que, además de pertenecer a alguno de esos colectivos, se deben cumplir una serie de circunstancias socioeconómicas de vulnerabilidad. En concreto, los ingresos de la unidad familiar no deben superar el límite de tres veces el Iprem en 14 pagas (8.400 euros en 2023), aunque se eleva a cuatro o cinco veces en determinados casos. Además, el límite se incrementa por cada hijo a cargo.
Además de sus límites de ingresos, la unidad familiar habrá tenido que sufrir en los cuatro años anteriores a la solicitud de suspensión del desahucio una “alteración significativa” de sus circunstancias económicas, en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda, que la norma entiende como que el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar “se haya multiplicado por al menos 1,5”.
Por último, la cuota hipotecaria debe resultar superior al 50% de los ingresos netos que perciba el conjunto de la unidad familiar y el crédito o préstamo de la hipoteca debe recaer sobre “la única vivienda en propiedad del deudor” y debe haber sido concedido para su adquisición.
Esta medida no debe confundirse con la suspensión de desahucios a inquilinos vulnerables sin alternativa habitacional que el Ejecutivo introdujo a raíz de la crisis de la covid-19 y ha venido prorrogando desde entonces. A finales de diciembre, el Gobierno acordó con EH Bildu su extensión hasta el 31 de diciembre de 2024.
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