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El Constitucional admite a trámite el recurso de Vox contra la derogación del delito de sedición

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MADRID, 07 (SERVIMEDIA)

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite este martes el recurso de inconstitucionalidad promovido por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso contra la Ley Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso, en la que se introdujo la derogación el delito de sedición.

Los recurrentes alegan que la citada norma podría ser inconstitucional por defectos en su procedimiento de aprobación. Además, sostienen que la derogación del delito de sedición y la reforma del delito de malversación de caudales públicos podría ser contraria a los artículos 9.3, 14, 25, 65 y 118 de la Constitución.

El Pleno también admitió a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo (TS) en relación al artículo 92.7 del Código Civil, que establece la prohibición de guarda conjunta cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por intentar atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos o bien cuando existan indicios de delito de violencia de género o familiar.

La Sala de lo Civil del Supremo plantea la posible vulneración de los artículos 10.1 y 39 de la Constitución y de los artículos 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, 24.2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y 3.1 de la Convención sobre Derechos del Niño de 1989, aplicables conforme al artículo 10.2 de la Carta Magna.

Por otro lado, el Pleno estudió las recusaciones presentadas por diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso de los Diputados en distintos recursos de inconstitucionalidad contra el presidente, Cándido Conde-Pumpido Touró, el magistrado Juan Carlos Campo y las magistradas María Luisa Segoviano y Laura Díez.

En primer lugar, el Pleno del TC declara la carencia de objeto de las recusaciones promovidas en los recursos sobre la Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica y en el recurso 2154-2022 sobre el Real Decreto-ley por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, en la redacción de los apartados 1 y7. c) del artículo 1 bis del Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la covid-19.

Según el TC, estas recusaciones carecen de objeto, porque dichos procedimientos están resueltos. El primero fue desestimado en sentencia del 13 de septiembre, y el segundo fue inadmitido a trámite el 28 de abril.

Además, declara la pérdida sobrevenida de objeto de las recusaciones contra el magistrado Juan Carlos Campo dado que el Pleno del Tribunal Constitucional acordó en auto de 21 de febrero de 2023 estimar su abstención en varios recursos de inconstitucionalidad.

Finalmente, el Pleno acordó la inadmisión de las demás recusaciones porque, según la doctrina constitucional, afectan al quorum del Tribunal y supondrían “una paralización inaceptable de las funciones del Tribunal”. El auto explica que “la salvaguarda del ejercicio de la jurisdicción constitucional reclama, y justifica al mismo tiempo que, para dictar esta resolución, no deba excluirse de la conformación del Pleno a ninguno de sus magistrados presentes”. Por lo tanto, se inadmiten de plano las recusaciones en los recursos de los que el magistrado ya fue apartado y en otros en los que se había solicitado que se apartara.

Es el caso del relativo a la Ley Reguladora de las Haciendas Locales sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana; el relacionado con la reforma laboral; el planteado contra los Presupuestos Generales del Estado para 2022; el referido al Real Decreto-ley de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural, el relativo a la ley de Memoria Democrática y el tiene que ver con la ley de garantía integral de la libertad sexual.


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