MADRID, 28 (SERVIMEDIA)
El Pleno del Congreso deliberará y votará la convalidación del decreto que prorroga hasta 2028 la moratoria para suspender los desahucios a deudores hipotecarios vulnerables una semana después de la celebración de las elecciones europeas del próximo 9 de junio.
El Gobierno llevará así un decreto a la Cámara Baja por primera vez desde el pasado 10 de enero. Aquel día, en una jornada de infarto que se celebró en el Senado por obras en el Congreso, el Ejecutivo de Pedro Sánchez amarró el apoyo de Junts a sus tres decretos en el último minuto y tras una prórroga en la votación telemática provocada por un fallo en el sistema. Aunque solo salvó dos, ya que el voto en contra de Podemos tumbó la reforma del subsidio de desempleo, promovida por el Ministerio de Trabajo de Yolanda Díaz.
Precisamente durante esa jornada, Podemos exigió la introducción de esta prórroga en la tramitación del decreto anticrisis como proyecto de ley para dar su visto bueno al decreto, pero la norma se encuentra atascada en el Congreso y el período de vigencia de la moratoria finalizaba el pasado 15 de mayo. La formación de Ione Belarra amenazó con romper en el Congreso con el Gobierno de no aprobarse y el Ejecutivo acabó aprobando la moratoria vía real decreto en el Consejo de Ministros del 14 de mayo.
El decreto llegará también después de que el Gobierno socialista de Pedro Sánchez mostrase la semana pasada síntomas de debilidad parlamentaria en dos ocasiones. El jueves pasado tuvo que retirar sobre la bocina su proyecto para reformar la Ley del Suelo ante la falta de apoyos después de que, dos días antes, el Pleno del Congreso rechazase la proposición de ley del PSOE para prohibir el proxenetismo “en todas sus formas”.
Dos derrotas parlamentarias en las que Sumar y sus socios parlamentarios le dieron la espalda. Y en las que el Partido Popular contribuyó al cerrar la puerta a salir en su auxilio para evidenciar “la soledad” de Sánchez.
HASTA 2028
Esta norma fue aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy y se ha prorrogado desde entonces en varias ocasiones, la anterior en el año 2020. En concreto, protege de los desahucios a las familias numerosas, las monoparentales con un hijo a cargo, con menores de edad, con algún miembro con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, situación de dependencia o incapacidad permanente. También a aquellas en las que el deudor se encuentre en situación de desempleo, con víctimas de violencia de género o mayores de 60 años.
No obstante, la ley marca que, además de pertenecer a alguno de esos colectivos, se deben cumplir una serie de circunstancias socioeconómicas de vulnerabilidad. En concreto, los ingresos de la unidad familiar no deben superar el límite de tres veces el Iprem en 14 pagas (8.400 euros en 2023), aunque se eleva a cuatro o cinco veces en determinados casos. Además, el límite se incrementa por cada hijo a cargo.
Además de sus límites de ingresos, la unidad familiar habrá tenido que sufrir en los cuatro años anteriores a la solicitud de suspensión del desahucio una “alteración significativa” de sus circunstancias económicas, en términos de esfuerzo de acceso a la vivienda, que la norma entiende como que el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar “se haya multiplicado por al menos 1,5”.
Por último, la cuota hipotecaria debe resultar superior al 50% de los ingresos netos que perciba el conjunto de la unidad familiar y el crédito o préstamo de la hipoteca debe recaer sobre “la única vivienda en propiedad del deudor” y debe haber sido concedido para su adquisición.
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