MADRID, 05 (SERVIMEDIA)
El abogado Gonzalo Boye, defensor del expresidente catalán Carles Puigdemont, ha sido enviado a juicio por presunto blanqueo de dinero del narcotráfico en relación con una trama que lideraba José Ramón Prado Bugallo, conocido como ‘Sito Miñanco’.
La Sección Tercera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional informó este viernes de que se ha fijado entre noviembre de este año y enero de 2025 para el juicio a Boye, ‘Sito Miñanco’ y los otros 46 procesados en la ‘Operación Mito’.
A estos encausados se les acusa de la presunta introducción en España de casi cuatro toneladas de cocaína y el entramado creado para ocultar los beneficios obtenidos.
Por estos hechos se acusa a estas 48 personas de distintos delitos, como blanqueo de capitales, contra la salud pública, homicidio en grado de tentativa, atentado a la autoridad, lesiones, tenencia ilícita de armas y falsedad documental.
En un auto, la Audiencia Nacional fija un total de 20 sesiones entre el 18 de noviembre, día de comienzo, y el 30 de enero, cuando está previsto que finalice la vista oral que tendrá lugar en la sede de la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares (Madrid).
INDICIOS CONTRA BOYE
La resolución indica las pruebas admitidas y rechazadas que habían solicitado tanto la Fiscalía como la acusación particular y las defensas de los acusados. Además de las 48 personas físicas, en esta causa serán enjuiciadas cinco personas jurídicas.
Respecto al fundamento para sentar en el banquillo a Boye, el Tribunal Supremo se pronunció sobre ello en mayo pasado, cuando desestimó un recurso de este abogado, que pidió que la causa contra él fuera llevada por un juzgado ordinario de Madrid y no por la Audiencia Nacional.
En su escrito el recurrente argumentaba que la Audiencia Nacional perdió la competencia para enjuiciarle por un delito de blanqueo de capitales porque esta investigación se había tramitado mediante una pieza separada de la causa principal por delito de tráfico de drogas. Según el letrado, los dos delitos no son conexos y por consiguiente no deberían ser enjuiciados de forma conjunta.
En esta resolución sobre Boye, basada en una ponencia del magistrado Manuel Marchena, el Supremo confirma el enjuiciamiento conjunto de toda la causa e indicaba que “es difícil de encontrar un ejemplo más apropiado de conexidad que el que vincula al delito de blanqueo de capitales con el tráfico de drogas que constituye su precedente”.
- Te recomendamos -