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Un abogado fue condenado a dos años de cárcel por estafar 71.000 euros a dos clientas en Ourense, a pesar de haber sido absuelto anteriormente

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Además de la pena de cárcel, le imponen el pago de una indemnización de más de 71.000 euros

OURENSE, 22 (EUROPA PRESS)

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a dos años de prisión a un abogado por estafar más de 70.000 euros a una mujer y su hija.

Los magistrados, además de la pena de cárcel, han impuesto al letrado el pago de una indemnización a las perjudicadas de más de 71.000 euros, con la responsabilidad civil directa de la aseguradora.

Las dos afectadas contrataron al acusado como abogado para que se encargase de un asunto de la jurisdicción civil. La Sala destaca que el letrado “se comprometió a la llevanza del asunto hasta el cumplimiento definitivo de la sentencia que se dictase”.

Sin embargo, indica que “no realizó ninguna actuación tendente al cumplimiento del fallo de la sentencia firme dictada en segunda instancia el 27 de diciembre de 2019”. El fallo no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.

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Esta es la segunda sentencia que se emite sobre este caso. Los hechos tuvieron lugar entre 2017 y 2019 y fueron juzgados en el 2024, concretamente en enero de ese mismo año. Entonces el abogado salió absuelto, pero en el mes de julio el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ordenó repetir el juicio porque los mensajes de WhatsApp se excluyeron como prueba.

La Audiencia Provincial no los tuvo en cuenta debido a que la diligencia de cotejo sólo permitía acreditar que se encontraban en el teléfono de la denunciante, pero no identificar con quien mantenía esas conversaciones en las que se hablaban de los presuntos pagos.

El tribunal señalaba que el teléfono que figuran en las conversaciones es el utilizado por el acusado para contactar con el Servicio Galego de Saúde (Sergas), por lo que para la sala “es incuestionable la errónea consideración o no consideración de una prueba que se antoja de relevancia para la resolución de la cuestión”.

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