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Sanidade puntualiza que la sentencia contra el Sergas se refiere solo a una evaluación psicosocial que “ya se hace”

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SANTIAGO DE COMPOSTELA, 14 (EUROPA PRESS)

La Consellería de Sanidade ha precisado que la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que estima en parte una demanda de conflicto colectivo del sindicato OMega y condena al departamento autonómico y al Servizo Galego de Saúde (Sergas) por vulnerar derechos laborales de médicos y pediatras de Atención Primaria se ciñe a una evaluación de riesgos psicosociales que –esgrime– “se se lleva dos meses haciendo”.

Así lo ha trasladado el conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña, quien ha explicado que los servicios jurídicos del Sergas están estudiando el posible recurso a la sentencia de la Sala de lo Social del TSXG.

En todo caso, ha incidido en que el fallo judicial desestima la demanda en lo que respecta a la determinación de la carga de trabajo.

En concreto, se planteaba que debía quedar fijado el número máximo de pacientes a atender por jornada de trabajo y tiempo mínimo de dedicación a cada uno, debiendo “estarse a lo dispuesto en los criterios de calidad de las agendas” de los médicos de Primaria y estableciendo “un máximo diario de atención para cada jornada laboral diaria de enre 32 y 40 ‘huecos'”.

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El conselleiro ha esgrimido que la sentencia basa su pronunciamiento en un informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de A Coruña, considerando “insuficiente” la evaluación de riesgos psicosociales realizada.

Y al respecto de la evaluación de riesgos laborales, Sanidade remarca que, según datos del aplicativo ‘Preven’, están evaluados el 99,3% de los puestos de trabajo de médico de familia y pediatra.

(Habrá ampliación)


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