VIGO, 4 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso de casación interpuesto por una empresa, a la que la Xunta reclamaba la devolución íntegra de unas ayudas, al haber sobrepasado el límite de 200.000 euros fijado para las subvenciones en el régimen denominado ‘de mínimis’ en la UE.
Según se recoge en la resolución del alto tribunal, que ha avanzado este martes praza.gal, la Xunta otorgó a esta empresa dos ayudas, una en julio de 2016 y otra en noviembre de ese año, sumando un total de 219.000 euros. Se trataba de una ayuda del IGAPE y otra de la Consellería do Mar para el diseño de un contenedor de depuración y un sistema de transporte de bivalvos vivos por vía marítima.
Esta cantidad excede el límite de 200.000 euros establecido por la UE para ayudas otorgadas por las administraciones en el plazo de tres ejercicios fiscales consecutivos.
Al constatarse esa circunstancia, la Xunta inició los trámites para reclamar el reintegro de las ayudas, algo que la empresa recurrió. En una primera sentencia, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) dio la razón a la Administración, pero la empresa presentó recurso de casación, que ahora el Supremo ha estimado.
En su sentencia, el alto tribunal ha señalado que el motivo por el que se instó la devolución de las ayudas no fue que la empresa no cumpliera los objetivos para los que pidió las subvenciones, sino el hecho de haber rebasado el límite establecido en el régimen de mínimis.
El Supremo señala que la Xunta ya no tuvo que otorgar la segunda ayuda, con la que se sobrepasaron esos 200.000 euros. En todo caso, ha resuelto que procede que se devuelvan los 19.000 euros, es decir, lo que sobrepasa el límite, y no la devolución íntegra de las ayudas.
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