SANTIAGO DE COMPOSTELA, 28 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Santiago distingue con la Medalla de Oro de la ciudad a la periodista Tereixa Navaza González y al pintor Luís Pasín Noya, reconocimientos que serán aprobados en el pleno municipal de febrero que tendrá lugar este jueves 29 de febrero.
Además, decidirá la designación como hijos predilectos de Santiago a Aurora (Aurichu) Pereira Carballo a título póstumo y de Ezequiel Méndez Vidal; y como hijos adoptivos a José Porto Buceta y a título póstumo a Manuel Quintáns Suárez.
Además, el ayuntamiento pondrá el nombre de Luis Rial Suárez a una calle de la ciudad e instalará una placa en su recuerdo en un espacio público.
CONSELLO ASESOR DE CONDECORACIONES
En la reunión del pasado 31 de enero, el consejo asesor de condecoraciones acordó que se trasladasen las concesiones de honor, títulos y distinciones para siete figuras relevantes en diferentes ámbitos y con una vinculación por nacimiento o residencia con Compostela.
De esta manera, tras el visto bueno de la corporación municipal, el Ayuntamiento reconocerá la trayectoria profesional del pintor Luís Pasín Noya y de la periodista Tareixa Navaza con sendas Medallas de Oro.
La pintora Aurora (Aurichu) Pereira Carballo recibirá el título de Hija Predilecta a título póstumo, honor que también irá para el divulgador y activista cultural Ezequiel Méndez Vidal.
El párroco José Porto Buceta y el profesor Manuel Quintáns Suárez a título póstumo serán nombrados Hijos adoptivos de la ciudad y el Ayuntamiento colocará una placa y pondrá el nombre de una calle al histórico periodista radiofónico Luis Rial Suárez, fallecido este mes de enero.
Segundo se recoge en el Reglamento de títulos, honores y condecoraciones del Ayuntamiento de Santiago, los títulos de hijo o hija predilecto se podrán otorgar a personas que “destacasen por sus méritos o cualidades personales, especialmente en los ámbitos cultural, científico, social, artístico, deportivo, político o económico” o por servicios prestados en beneficio de la ciudad, nacidas en el ayuntamiento o fuera en el caso de los hijos predilectos adoptivos.
En cuanto al nombramiento de las calles, el reglamento dispone que le corresponde al pleno de la corporación otorgar las vías municipales o establecimientos, centros o instalaciones del ayuntamiento el nombre de personas físicas, organismos, instituciones y entidades que, a juicio de la corporación, reúna “méritos suficientes sea por servicios y actividades especiales realizadas a favor de la ciudad en el caso de organismos, instituciones o entidades” o por “la relevancia indiscutible en el ámbito científico, cultural, artístico, deportivo o social en el caso de las personas físicas”.
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