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El acusado de llamar a un vecino “maricona de mierda” en Lobios (Ourense) ha sido absuelto del delito de odio

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OURENSE, 3 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto a un hombre acusado de un delito de odio por atacar la dignidad personal y la integridad moral de una persona al emplear “conductas homófobas” por llamar “maricona de mierda” a un vecino en un supermercado de Lobios.

Los magistrados, que ven un comentario “censurable y moralmente reprobable” pero no un delito, consideran que “no hay delito de odio” y “tampoco delito contra la integridad moral”, sino que existe “un hecho puntual y aislado” “censurable” ocurrido en “un momento de nerviosismo”. Por ello, no ven intención por parte del acusado de discriminar al receptor del insulto por su condición sexual.

En el fallo, asimismo, señalan que no advierten ninguna circunstancia que permita inferir tal ánimo, ya que “el acusado ni siquiera conocía el denunciante” ni consta que en otro momento se dirigiese a él mostrando “algún tipo de menosprecio” hacia su persona por motivo de su orientación sexual.

Lo sucedido se remonta a la tarde del 8 de febrero del año 2022 cuando el acusado y el denunciante se encontraban en la caja de un supermercado del ayuntamiento ourensano de Lobios. La víctima estaba hablando con la cajera mientras introducía su compra en las bolsas y el acusado guardando cola, desde donde en un momento dijo “¿quieres acabar ya, maricona de mierda?”, como él mismo reconoció en su declaración en la Audiencia.

Durante el juicio, celebrado a principios del mes de mayo, la víctima aseguró que tras escuchar el comentario y terminar de guardar su compra se fue hacia su coche sin reaccionar, pero escuchando más insultos.

Según su versión, el varón “no tuvo suficiente” y añadió frases como “qué peste a cerda, a ver si os largáis de una vez”. “Me fui al coche y él continuó increpándome, diciendo ‘como apestáis los maricas’. Me he sentido ofendido y muy herido”, dijo entonces el perjudicado.

En la Audiencia Provincial declararon las cajeras del supermercado, así como una clienta que también se encontraba en la cola. Las tres reconocieron haber escuchado el “maricona de mierda”, pero no el resto de frases, por lo que en la sentencia no pueden dar por confirmado este extremo.

Consideran que lo ocurrido “encaja con una vejación injusta”, pero se trata de un delito que no está penalizado, por lo que queda sin condena el que fue el primer caso de odio juzgado por el Alto Tribunal ourensano donde el Ministerio Público solicitaba nueve meses de prisión.


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