MADRID, 04 (SERVIMEDIA)
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha abierto el plazo de audiencia pública del proyecto de Ley del estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa, conocido como Estatuto del Becario, que hace más de un año fue pactado con CCOO y UGT pero sin el respaldo de CEOE y Cepyme.
En realidad, el texto fue pactado en el otoño de 2022 con los sindicatos, pero Trabajo se abrió a incorporar cambios para dar una nueva oportunidad a la negociación con la patronal que, finalmente, no dio sus frutos, de modo que antes del verano de 2023 el texto quedó cerrado finalmente con CCOO y UGT.
En principio, el departamento dirigido por Yolanda Díaz quería aprobarlo como real decreto-ley para que diera tiempo a que entrara en vigor antes del final de la legislatura tras el adelanto de las elecciones por parte de Pedro Sánchez, pero fuentes gubernamentales y del propio Ministerio de Trabajo apuntaron a que la parte socialista del Ejecutivo estaba “frenando” la aprobación del texto. En consecuencia, el ismo decayó tras los comicios del 23 de julio de 2023.
El Ministerio reclamó reiteradamente, igual que los sindicatos, retomarlo cuanto antes. Y, de hecho, el acuerdo de Gobierno entre PSOE y Sumar incorporó, a petición de este segundo partido, el compromiso de aprobar el Estatuto del Becario en la nueva legislatura.
Así las cosas, Trabajo ha abierto ahora el plazo de consulta pública de esta norma -hasta el 16 de octubre- que será tramitada, a diferencia de lo previsto hace más de un año, como proyecto de ley. Ello implica que el trámite será algo más largo pero, al mismo tiempo, facilitará que los partidos puedan incorporar enmiendas, un aspecto que los socios de investidura reclaman reiteradamente al Ejecutivo en esta legislatura, con una geometría parlamentaria más complicada que en el anterior mandato.
MEDIDAS
Durante las negociaciones, los borradores recogían medidas como que el número de personas en formación práctica en empresas no podrá superar el 20% de la plantilla de cada compañía con carácter general, aunque “cualquier empresa podrá concertar formación práctica con dos personas, con independencia del número de personas de plantilla”. Este último punto está pensado para las empresas más pequeñas y los autónomos.
Las empresas que participen en programas y actividades formativas se podrán beneficiar “de los estímulos, así como de las ayudas para atender los costes derivados de la realización de las actividades de tutorización obligatorias previstas en esta norma, en la cuantía y condiciones que se establezcan legalmente”.
Por su parte, los becarios tendrán derecho a la compensación de gastos por parte de la empresa o entidad para la que desarrollen la formación, “en los términos previstos en el correspondiente convenio o acuerdo de cooperación, por una cuantía mínima suficiente” para cubrir todos aquellos en los que el becario incurra como desplazamiento, alojamiento o manutención.
El texto también delimita el concepto de prácticas para evitar que las empresas recurran a los ‘falsos becarios’ e impone sanciones a las que incurran en faltas de este tipo.
Finalmente, el texto que ahora Trabajo ha sacado a consulta pública señala que “se pretende complementar la regulación de las prácticas formativas no laborales con el establecimiento de un conjunto de derechos relacionados con aspectos íntimamente vinculados al ámbito laboral -como la conciliación y la protección frente a acoso u otros en materia de prevención de riesgos, exigible en la medida en que se comparte, aunque sea puntual o temporalmente, las circunstancias y riesgos propios de las personas trabajadoras de la empresa-“.
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