MADRID, 18 (SERVIMEDIA)
El presidente de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), Eduardo Abad, afirmó este miércoles que el acuerdo sobre pensiones firmado hoy beneficiará a los autónomos que desarrollen actividades de especial penuria o peligrosidad, que podrán acceder a la jubilación anticipada.
En unas declaraciones de Abad difundidas por la asociación este miércoles, se refirió al acuerdo firmado esta mañana en el Palacio de la Moncloa entre el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y los líderes de CEOE, Cepyme, CCOO y UGT.
Abad celebró que “por fin” estos autónomos pueden acceder a la jubilación anticipada y calificó de “muy buena noticia” que los autónomos puedan compaginar el trabajo con la pensión. Concretó que los autónomos con un asalariado a su cargo podrán percibir el 75% de la pensión y si no tienen asalariados comenzarán percibiendo el 45% de la cuantía para llegar al 100% pasados cinco años. “Es un buen acuerdo que mejora sustancialmente la situación de protección social de nuestro colectivo”, reafirmó.
En el texto se establece una nueva regulación de la compatibilidad entre trabajo y pensión, con el objetivo de favorecer la salida gradual y flexible del mercado de trabajo.
En cuanto a la jubilación activa, se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa, lo que facilita su acceso y tiene una especial incidencia desde la perspectiva de género. Este tipo de jubilación será compatible con los incentivos de demora y su compatibilidad se fijará en función del tiempo que se demore.
Sobre los cambios en la regulación de la jubilación parcial, se establece ampliar de 2 a 3 los años la posibilidad de anticipo, con límites en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista, cuyo contrato deberá ser indefinido y a tiempo completo en un puesto no amortizable.
Respecto a la regulación especial de la jubilación parcial anticipada para los trabajadores de la industria manufacturera, se va a prorrogar el marco actual hasta 2029 incluido. Esta prórroga incluye algunos ajustes para mejorar las condiciones del trabajador relevista y el diseño de una regulación más equilibrada y flexible para la empresa en cuanto a la organización de la jornada del relevista y del pensionista.
Asimismo, se mejora la jubilación demorada con la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no sólo cada doce meses.
También se ha logrado un punto de acuerdo en relación con la implicación de las mutuas en la incapacidad temporal (IT) a la hora de colaborar con los Servicios Público de Salud en la realización de pruebas diagnósticas en patologías de origen traumatológico, eso sí, siempre sujeto a la voluntariedad y consentimiento de los ciudadanos. Además, los agentes sociales y el Gobierno han avanzado en abrir una línea de trabajo que permita hacer un seguimiento de indicadores de IT con la constitución de una comisión de control para el seguimiento y supervisión de estos convenios y el análisis de la evolución de la Incapacidad Temporal.
Otro de los aspectos sobre los que se ha avanzado es el procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas.
Por otro lado, el acuerdo incluye mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se aplicaba a la hora de calcular el periodo de carencia para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
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